Con fecha 9 de noviembre de 2020 se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, el ACUERDO de 3 de noviembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por el que se amplía el plazo para la resolución y notificación de las ayudas convocadas por el Decreto 58/2020, de 8 de mayo, de aprobación de bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a trabajadores y trabajadoras acogidos a una reducción de jornada a consecuencia de la Covid-19 PINCHA AQUI

Antecedentes

Siendo que muchas de las solicitudes presentadas han confundido las ayudas para la conciliación con las ayudas dirigidas a las personas afectadas por los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), la instrucción de los expedientes ha obligado a una intensa labor de criba de las solicitudes y estando esta administración obligada a la comprobación de los datos señalados por los solicitantes en las declaraciones responsables presentadas, relativos al porcentaje y periodo de reducción de jornada, y que para esta comprobación la Tesorería General de la Seguridad Social ha tenido que diseñar un servicio ad hoc de cesión de datos para las Administraciones Públicas por fichero que incluya un informe por reducción de jornada por Covid-19, servicio que no ha estado disponible hasta finales de septiembre.

¿Cuál es el nuevo plazo máximo para resolver y notificar la concesión de ayudas?

El plazo para resolver y notificar la concesión directa de ayudas a trabajadores y trabajadoras acogidos a una reducción de jornada a consecuencia de la Covid-19, se ha ampliado por un plazo de 3 meses, siendo el nuevo plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las ayudas el 13 de febrero de 2021.

¿Cuándo entrará en vigor el presente acuerdo?

El acuerdo surtirá efectos el 10 de noviembre de 2020.

Como siempre quedamos a su entera disposición, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo, mucha SALUD y recuerda #actitudpositiva.