Actualidad Gómez de la Flor
Desde esta sección podrás estar al día de todas las novedades tributarias, legales, jurídicas… te mantenemos informado.
by Gómez de la Flor | Sep 11, 2024 | Noticias
Estimado/a Cliente/a, En fecha 10 de septiembre se ha aprobado la Resolución de 3 de septiembre de 2024, por la que se publica la línea presupuestaria para la financiación de las subvenciones del programa Eurodisea para el ejercicio 2024, así como su convocatoria anual. ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? El objeto de esta convocatoria es convocar la concesión de las subvenciones del programa Eurodisea para el año 2024, en concepto de subvención por concurrencia competitiva, dirigidas a empresas y entidades, públicas o privadas, de la Comunitat Valenciana, que tienen por finalidad la financiación de convenios de prácticas profesionales adecuadas al nivel de estudios con los participantes extranjeros, de entre 18 y 30 años, de las regiones activas del programa Eurodisea que hayan resultado seleccionados. ¿Quiénes son las personas interesadas que se pueden acoger a la subvención? Podrán solicitar la subvención las empresas y entidades públicas y privadas que estén legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes de la Comunitat Valenciana. ¿Cuáles son los requisitos de las entidades y empresas? Las entidades y empresas que deseen concurrir a las ayudas que se convocan deberán cumplir los siguientes requisitos: Disponer de un centro de trabajo donde la persona candidata desempeñe su práctica, que deberá estar radicado en la Comunitat Valenciana. Tener un número de empleados mínimo de dos personas que facilite la interacción de la persona joven y la calidad de la práctica. Designar un supervisor que instruya, supervise y apoye técnicamente a la persona joven en el desarrollo de la práctica, identificándolo en el informe de oferta. Ofertar puestos cuyas tareas sean ajustadas al nivel...
by Gómez de la Flor | Sep 11, 2024 | Actividades Formativas, Noticias
Ayer, María Eugenia Gómez de la Flor García, Socia Directora de nuestro despacho y Socia del Club de Encuentro Manuel Broseta, se sumó al Acto Conmemorativo del 40º Aniversario de esta institución, celebrado en el Palau de la Generalitat. El evento contó con la presencia del president de la Generalitat, D. Carlos Mazón, reuniéndose cerca de 200 socios, coincidiendo con la fecha de la primera actividad que el Club realizó en septiembre de 1984. Desde Gómez de la Flor Abogados & Consultores, queremos extender nuestras más sinceras felicitaciones al Club de Encuentro Manuel Broseta por su 40º aniversario y por su valioso aporte como referente en el pensamiento y liderazgo social. La presencia de nuestra directora reafirma el compromiso de nuestro despacho con la excelencia profesional y nuestra activa participación en eventos de relevancia jurídica y social. ¡Felicitamos al Club de Encuentro Manuel Broseta por estos 40 años de éxitos! Para más noticias y actividades, te invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales. #AniversarioBroseta #Felicitaciones #LiderazgoLegal #CompromisoConLaExcelencia #Abogados ...
by Gómez de la Flor | Sep 3, 2024 | Noticias
...
by Gómez de la Flor | Jul 3, 2024 | Noticias
En fecha 26 de junio, se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2024, del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones destinadas al Programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo. ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a fomentar los proyectos de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ¿Qué entidades son las beneficiarias? Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones: Las entidades locales de la Comunitat Valenciana o las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a estas que vinieran ejerciendo competencias en materia de empleo. En todo caso, las entidades deberán acreditar una experiencia de al menos 2 años en el desarrollo de proyectos de empleo con apoyo dirigidos a personas con diversidad funcional en empresas del mercado ordinario de trabajo. Las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con diversidad funcional. No podrán obtener la condición de beneficiarias: las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; a tal efecto, las entidades presentarán la correspondiente declaración responsable. las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas,...
by Gómez de la Flor | Jul 3, 2024 | Noticias
En fecha 28 de junio, se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2024, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2024 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes cualificadas, que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ¿Qué entidades son las beneficiarias? Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana. No podrán obtener la condición de beneficiarias: las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; a tal efecto, las entidades presentarán la correspondiente declaración responsable. las personas o entidades que, en su caso, no acrediten el cumplimiento de lo requerido en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica, aunque pudieran realizar las actuaciones subvencionables. los Centros Especiales de Empleo...
by Gómez de la Flor | Jul 3, 2024 | Noticias
En fecha 26 de junio, se ha publicado en el DOGV la Resolución de 21 de junio de 2024, del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para fomentar la contratación temporal de personas con discapacidad severa, así como el tránsito desde el empleo protegido al mercado ordinario de trabajo, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación de personas con diversidad funcional severa, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ¿Qué entidades son las beneficiarias? Podrá ser beneficiaria de las ayudas cualquier entidad empleadora de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana. No podrán obtener la condición de beneficiarias: las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; a tal efecto, se deberá presentar la correspondiente declaración responsable. las personas o entidades que, en su caso, no acrediten el cumplimiento de lo requerido en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica, aunque pudieran realizar las actuaciones subvencionables. los Centros Especiales de Empleo (CEE) y las...
by Gómez de la Flor | Jul 3, 2024 | Noticias
En fecha 28 de junio, DOGV la RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2024, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2024 las subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos de atención prioritaria para el empleo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables. ¿Qué entidades son las beneficiarias? Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana. No podrán obtener la condición de beneficiarias: las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables. los Centros Especiales de Empleo (CEE) y las Empresas de Inserción (EI), al resultar beneficiarios de programas específicos de fomento de empleo. entidades que, estando obligadas, no dispongan de un plan de igualdad registrado ¿Cuáles son las personas destinatarias de esta convocatoria? Las personas destinatarias finales de estas subvenciones deberán pertenecer en el momento de su...
by Gómez de la Flor | Jun 13, 2024 | Noticias
El ayuntamiento de Valencia ha publicado convocatoria municipal de subvenciones para eventos del ecosistema emprendedor de Valencia. ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? Esta convocatoria tiene por objeto acometer actuaciones encaminadas a potenciar el ecosistema emprendedor de Valencia por medio del establecimiento de ayudas destinadas a apoyar la realización de eventos en materia de emprendimiento que impulsen y refuercen la actividad emprendedora en el término municipal de Valencia. Se entiende por evento: jornadas, foros, conferencias, debates, ferias, exposiciones, actividades de promoción del emprendimiento o actividades similares dirigidas a emprendedores o personas que estén valorando iniciar un proyector emprendedor. No serán objeto de estas subvenciones los eventos que tengan carácter comercial o de presentación de productos, servicios o marcas. ¿Quién lo puede solicitar? Podrán solicitar estas subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria. Quedan excluidas de participar en esta convocatoria: Las administraciones públicas, sus organismos autónomos. ¿Qué requisitos se establecen? Podrán presentarse a esta convocatoria de subvenciones tanto personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan los siguientes requisitos: Que su domicilio fiscal o el local de desarrollo de su actividad se encuentren en el término municipal de Valencia. Este requisito se comprobará con los datos que figuran en el Certificado de Situación Censal. Que organice un evento de emprendimiento en el término municipal de Valencia entre el 1 de enero de 2024 y el 24 de noviembre de 2024, que impulse o refuerce...
by Gómez de la Flor | Jun 13, 2024 | Noticias
Las Cámaras de Comercio, a través del Programa PICE están llevando a cabo acciones para favorecer el acceso de los jóvenes al mercado laboral. ¿Qué es el programa PICE? El Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) de las Cámaras de Comercio es un programa individualizado para favorecer la inserción de los jóvenes en el mercado de trabajo o su autoempleo. Para los jóvenes que estén buscando empleo y se encuentren inscritos en el Sistema de Garantía juvenil. ¿Qué ofrece el programa PICE? El programa PICE ofrece: Una mejora del perfil profesional y las oportunidades de inserción laboral. Una formación con cualificación oficial, personalizada y a la medida. Formar parte de una red más amplia de contactos y conocimiento. La posibilidad de viajar al extranjero, para mejorar formación, experiencia laboral y oportunidades personales y profesionales. Asesoramiento personalizado de los orientadores durante todo el proceso. ¿Qué requisitos se solicitan para inscribirse en Garantía Juvenil? Los requisitos son los siguiente: Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar. Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español. Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. No haber recibido acciones educativas que conlleven más de...
by Gómez de la Flor | Jun 13, 2024 | Noticias
Se ha publicado en el BOE, la Orden de bases reguladoras del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea–Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting). Disposición 9524 del BOE núm. 115 de 2024 ¿Cuál es el objetivo del programa? El programa tiene como objetivo apoyar a las PYMEs en su transformación digital mediante la contratación de servicios de asesoramiento especializado que mejoren su gestión empresarial, procesos con clientes, y adopción de tecnologías digitales avanzadas. ¿En que consiste el programa “Kit Consulting”? El Programa “Kit Consulting” consiste en una ayuda a las pymes para la contratación de servicios de asesoramiento para su transformación digital disponibles en el mercado. En su implementación, el programa emplea el mismo modelo de gestión del Kit Digital, y se integra en su ecosistema y plataforma tecnológica. No obstante, ambos programas están claramente diferenciado. Mientras Kit Digital subvenciona a las pymes la adquisición de soluciones de digitalización, el programa Kit Consulting subvenciona a las pymes la contratación de servicios de asesoramiento en transformación digital pero no financia la adquisición de soluciones ni herramientas de digitalización. ¿Quiénes pueden optar al programa? PYMEs de entre 10 y de 250 empleados cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, y cumplan las condiciones recogidas en el artículo 8 de la Orden de bases...