Con fecha 02 de febrero de 2022 se ha publicado en el DOGV la Resolución de 31 de enero de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones convocadas por la Resolución de 22 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a personas desempleadas de larga duración, mayores de 45 años (CID 346)  ENLACE DOGV

  • ¿Cuál es el objeto de la presente resolución? 

Promover el desarrollo de proyectos integrales de empleo, a través de la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo dirigidos a colectivos vulnerables con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, concretamente a las personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años inscritas como desempleadas en los Espai Labora de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de favorecer su empleabilidad, mediante acciones de información, orientación, formación y acompañamiento, u otras actuaciones, proporcionándoles las herramientas necesarias para la realización de una búsqueda activa de empleo, de manera autónoma, así como la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo.

  • ¿Quiénes son los beneficiarios de la subvención? 
  • Entidades Locales, incluidas las corporaciones locales, los consejos comarcales, mancomunidades o entidades territoriales, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquellas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales o sus corporaciones.
  • Los pactos territoriales para el Empleo y Desarrollo local de la Comunitat Valenciana que están reconocidos por la Generalitat Valenciana.
  • ¿Qué requisitos se deben cumplir para optar a la subvención? 

Las entidades participantes deben reunir una serie de requisitos:

  • Tener implantación física en la Comunidad Valenciana.
  • No hallarse en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartado 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones. Se acreditará mediante declaración de responsable y deberá prolongarse durante todo el tiempo de la ejecución del programa.
  • Ser conocedora que la financiación de esta ayuda proviene del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, por la que asume todas las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación i Resiliencia, demás normas comunitarias o nacionales aplicables a esta financiación. Dicha circunstancia se acreditará mediante declaración responsable.
  • Cumplir la normativa sobre integración de las personas con discapacidad, excepto las que estén exentas de dicha obligación, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Dicho requisito se acreditará mediante declaración responsable.
  • ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

Importe global máximo de 22.000.000 de euros

La cuantía total máxima establecida en la presente convocatoria, dado el carácter anticipado de la tramitación, tiene carácter estimado hasta la aprobación de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio de 2022.

Se establece, como cuantía de la subvención, un módulo de hasta 6.000 euros por persona participante que concluya satisfactoriamente el itinerario individualizado y personalizado que se le haya diseñado.

Como incentivo a la participación se establece un sistema de becas y ayudas a cada persona participante que finalice con éxito su itinerario individualizado y personalizado. La entidad beneficiaria deberá abonar, a cuenta de la cuantía percibida en concepto de módulo, un importe de hasta 1.080 euros, que se podrá abonar de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.

Cuantías de las becas y ayudas, y requisitos para su obtención:

  1. Beca: Las personas destinatarias de los itinerarios podrán recibir, por la asistencia a las diferentes actuaciones que componen el itinerario, siempre y cuando la duración de la actividad sea superior o de cuatro horas diarias una beca de nueve euros diarios (9,00 euros).
  2. Ayuda al transporte público: las personas participantes en los proyectos percibirán una ayuda al transporte público para el desplazamiento, por un importe máximo de un euro con cincuenta céntimos (1,50 euros) por día de asistencia.
  3. Ayuda de transporte en vehículos propio, con carácter excepcional, en los supuestos señalados en el resuelvo octavo, punto 4.2.1. Esta ayuda será de diecinueve céntimos de euro (0,19 euros) por kilómetro.
  4. Ayuda a la conciliación: las personas desempleadas que participen en los itinerarios integrados podrán recibir una ayuda por importe del 14,12 € por día de asistencia, para conciliar la realización del itinerario con el cuidado de hijas e hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.
  5. La suma de los conceptos anteriores no podrá superar el importe de 1.080 euros por persona.
  • ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día 17 de enero hasta el día 4 de febrero de 2022, ambos inclusive. No obstante, se ha ampliado el plazo siete días hábiles, por lo que el nuevo plazo máximo será el 15 de febrero de 2022, inclusive.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

Gómez de la Flor Abogados & Consultores