EAUTOM 2023 – PROGRAMA DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE TRABAJO DE AUÓNOMO DE MUJERES

EAUTOM 2023 – PROGRAMA DE APOYO AL MANTENIMIENTO DE TRABAJO DE AUÓNOMO DE MUJERES

En fecha 08 de marzo de 2023 se ha publicado la Resolución de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones destinadas al Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento. ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la presente resolución? Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal. Las subvenciones solo se concederán para centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana. ¿Quiénes serán las personas beneficiarias? Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción. Quedan excluidas las socias de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como las mujeres integrantes de comunidades de bienes y autónomas colaboradoras. ¿Qué condiciones establecen para la concesión de la subvención? La concesión de la subvención requerirá: La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2023 y siempre con carácter...
PROGRAMA III SUBVENCIÓN EMPLEA MUJER PLUS

PROGRAMA III SUBVENCIÓN EMPLEA MUJER PLUS

Se ha publicado la subvención municipal para la promoción de actividades económicas en el término municipal de Valencia 2023. ¿Cuál es el objeto del presente programa? El objeto de esta convocatoria es acometer actuaciones encaminadas a fomentar el empleo estable y de calidad por medio del establecimiento de ayudas económicas destinadas a favorecer la formalización de contratos de trabajo por tiempo indefinido a jornada completa mediante contrataciones iniciales o mediante la transformación de contratos laborales preexistentes en indefinidos a jornada completa de mujeres de 45 o más años, incentivando así la inserción laboral de este colectivo con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo. ¿Quiénes serán los beneficiarios? Podrán acogerse al programa de subvención, tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria. Quedan excluidas: Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. El personal autónomo colaborador. ¿Qué requisitos deben adoptar las empresas para poder optar a esta subvención? Requisitos para ser persona o empresa beneficiaria: Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad, el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València. Que la formalización de un contrato inicial, o la conversión a indefinido a tiempo completo, se haya realizado a partir del día 24 de marzo de 2022 y hasta la fecha de presentación...
PROGRAMA II SUBVENCIÓN EMPLEA

PROGRAMA II SUBVENCIÓN EMPLEA

Se ha publicado la subvención municipal para la promoción de actividades económicas en el término municipal de Valencia 2023. ¿Cuál es el objeto del presente programa? El objeto de esta convocatoria es acometer actuaciones encaminadas a fomentar el empleo estable y de calidad por medio del establecimiento de ayudas económicas destinadas a favorecer la formalización de contratos de trabajo por tiempo indefinido a jornada completa mediante contrataciones iniciales o mediante la transformación de contratos laborales preexistentes en indefinidos a jornada completa, incentivando la inserción laboral de colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo. ¿Quiénes serán los beneficiarios? Podrán acogerse al programa de subvención, tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria. Quedan excluidas: Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. El personal autónomo colaborador. ¿Qué requisitos deben adoptar las empresas para poder optar a esta subvención? Requisitos para ser persona o empresa beneficiaria: Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad, el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València. Que la formalización de un contrato inicial, o la conversión a indefinido a tiempo completo, se haya realizado a partir del día 24 de marzo de 2022 y hasta la fecha de presentación de solicitudes. No serán subvencionables los siguientes supuestos: Las...
PROGRAMA I SUBVENCIÓN EMPRÉN

PROGRAMA I SUBVENCIÓN EMPRÉN

Se ha publicado la subvención municipal para la promoción de actividades económicas en el término municipal de Valencia 2023. ¿Cuál es el objeto del presente programa? El objeto de la presente convocatoria es acometer actuaciones encaminadas a fomentar la creación de actividad empresarial en el término municipal de València, por medio del establecimiento de ayudas destinadas a apoyar en los inicios de la actividad económica a aquellas personas que hayan generado el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos entre el 24 de marzo de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención. ¿Quiénes serán los beneficiarios? Tendrán la consideración de beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica. Queda excluidos el personal autónomo colaborador. ¿Qué requisitos deben adoptar las empresas para poder optar a esta subvención? Requisitos: Que hayan comenzado su actividad empresarial, dándose de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE en lo sucesivo) y se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA en lo sucesivo) entre el 24 de marzo de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención. A los efectos del plazo establecido en el párrafo anterior, en el supuesto de que la persona solicitante de la ayuda esté dada de alta en más de un epígrafe del IAE, se tendrá en cuenta como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta de la actividad más antigua que figure en el certificado de Situación Censal. Que el inicio de esta primera actividad genere el alta en el...
SE ESTABLECEN TRES NUEVOS SUPUESTOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL

SE ESTABLECEN TRES NUEVOS SUPUESTOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL

En fecha 1 de marzo, se ha publicado en el BOE, la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo ENLACE BOE ¿Cuál es el objeto de esta Ley Orgánica? Esta ley orgánica tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y de la salud reproductiva, regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y de los derechos sexuales y reproductivos, así como establecer las obligaciones de los poderes públicos para que la población alcance y mantenga el mayor nivel posible de salud y educación en relación con la sexualidad y la reproducción. Asimismo, se dirige a prevenir y a dar respuesta a todas las manifestaciones de la violencia contra las mujeres en el ámbito reproductivo. ¿Qué nuevos supuestos de incapacidad temporal se establecen? La Ley Orgánica establece 3 nuevos supuestos de incapacidad temporal: Baja por menstruación incapacitante. Incapacidad temporal especial por aborto. Incapacidad temporal especial a partir de la semana 39 de embarazo. No se aplicará el periodo de carencia de 180 días para generar el derecho a la prestación de incapacidad temporal cuando derive de las situaciones especiales, es decir, menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo, voluntaria o no. Baja por menstruación incapacitante Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, entre otros. Se considera como “incapacitante” aquella situación de incapacidad derivada...