En fecha 4 de junio se ha publicado en el DOGV la resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se convocan ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad alternativa a la Seguridad Social del colegio profesional que corresponda, para el ejercicio 2025.

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  • ¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas para financiar los costes fijos derivados de la inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad alternativa a la Seguridad Social del colegio profesional correspondiente.

Estas ayudas se enmarcan dentro del Programa de Fomento del Trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana y están dirigidas a personas autónomas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes de la Comunitat Valenciana, que cumplan con los requisitos establecidos para el ejercicio 2025.

  • ¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

Podrán ser beneficiarias las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Alta ininterrumpida en RETA o mutualidad alternativa durante al menos tres años y como máximo cinco, dentro del período comprendido entre el 01/01/2020 y el 31/12/2022.
  2. Empadronamiento en un municipio de la Comunitat Valenciana con menos de 5.000 habitantes.
  3. Domicilio fiscal y desarrollo de actividad económica en un municipio de la Comunitat Valenciana con población inferior a 5.000 habitantes.
  4. Alta en el Censo de Obligados Tributarios de la AEAT.
  5. No tener más de nueve personas contratadas por cuenta ajena en el momento de publicación de la convocatoria.

Quedan excluidos:

  1. Autónomos del sistema especial agrario.
  2. Socios de sociedades civiles irregulares, sociedades laborales, cooperativas de trabajo asociado.
  3. Autónomos económicamente dependientes.
  4. Personas con rendimientos netos del IRPF superiores a 34.235,28 € en la última declaración presentada.

  • ¿Existe compatibilidad entre subvenciones?

Estas ayudas están sujetas al régimen de mínimis establecido por el Reglamento (UE) 2023/2831. En consecuencia, el importe total de ayudas de mínimis que puede recibir una empresa no podrá exceder los 300.000 euros en el periodo de tres ejercicios fiscales. Esta limitación incluye las ayudas concedidas por cualquier administración pública del Estado miembro.

En ningún caso el importe de la ayuda podrá ser superior al coste del objeto subvencionado. Asimismo, no podrán beneficiarse de estas ayudas empresas que desarrollen actividades en sectores excluidos por la normativa europea, tales como producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura, salvo que puedan garantizarse mecanismos efectivos de separación contable que eviten el uso cruzado de los fondos.

  • Importe presupuestario y orden de concesión:

La dotación presupuestaria inicial de la convocatoria asciende a 1.700.000 euros, con posibilidad de ampliación hasta un máximo de 850.000 euros adicionales, sin necesidad de abrir un nuevo periodo de presentación de solicitudes.


Las ayudas se concederán por orden de entrada de las solicitudes completas en el registro electrónico. Aquellas solicitudes que no puedan ser atendidas inicialmente por falta de crédito podrán ser incluidas en una relación de reserva, que se utilizará si se produce una ampliación presupuestaria.

  • Justificación de las ayudas:

Las personas beneficiarias deberán justificar el destino de la ayuda mediante la acreditación del abono de las cuotas correspondientes al RETA o a la Mutualidad alternativa, relativas al período comprendido entre los meses de enero a noviembre de 2025. Esta justificación se realizará de forma electrónica a través del trámite habilitado por la Generalitat.

Preferentemente, se aportará el informe de cuotas ingresadas emitido por la Seguridad Social (informe de bases y cuotas de cotización) o, en el caso de mutualidades, un certificado expedido por la entidad correspondiente. En caso de imposibilidad de obtener dicha documentación, se aceptarán justificantes bancarios de los pagos efectuados.

La fecha límite para presentar la documentación justificativa es el 20 de diciembre de 2025 Si se justifica una cantidad inferior a la ayuda recibida, deberá devolverse la parte no justificada.

  • ¿Cuál es el importe de la ayuda?

Las cuantías se fijan en función de las características personales de la persona solicitante.

Se establecen ayudas por importe de 3.000 euros en el caso de:

  •  Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
  • Víctimas del terrorismo.
  • Personas de 48 años o más.

Las mujeres no incluidas en esos colectivos podrán optar a una subvención de 2.800 euros, y los hombres que no reúnan las condiciones anteriores podrán optar a una ayuda de 2.600 euros.

  • ¿Existe compatibilidad entre subvenciones?

Estas ayudas están sujetas al régimen de mínimis establecido por el Reglamento (UE) 2023/2831. En consecuencia, el importe total de ayudas de mínimis que puede recibir una empresa no podrá exceder los 300.000 euros en el periodo de tres ejercicios fiscales. Esta limitación incluye las ayudas concedidas por cualquier administración pública del Estado miembro.

En ningún caso el importe de la ayuda podrá ser superior al coste del objeto subvencionado. Asimismo, no podrán beneficiarse de estas ayudas empresas que desarrollen actividades en sectores excluidos por la normativa europea, tales como producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura, salvo que puedan garantizarse mecanismos efectivos de separación contable que eviten el uso cruzado de los fondos.

  • ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 18 de junio de 2025.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.                     

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