El 28 de enero de 2026 se ha publicado en el DOGV una convocatoria de ayudas para las empresas y autónomos de la Comunitat Valenciana que contraten de forma indefinida (contrato fijo) y a jornada completa a personas desempleadas de determinados colectivos.

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos de atención prioritaria para el empleo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

  • Finalidad de la ayuda.

La Generalitat concede una subvención por cada nueva contratación indefinida inicial a jornada completa, siempre que la persona contratada esté en desempleo y pertenezca a alguno de los colectivos indicados en la convocatoria.

  • Quiénes pueden solicitarla y requisitos básicos.

Empresas privadas y autónomos (RETA) con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que realicen una contratación indefinida inicial a jornada completa a partir del día siguiente a la publicación (29/02/2026).

  • ¿A qué personas se puede contratar para pedir la ayuda?


La persona contratada debe estar desempleada y, en el momento de firmar el contrato, pertenecer a alguno de estos grupos:

Personas en situación o riesgo de exclusión social (acreditado por Servicios Sociales), parados de larga duración, mayores de 50 años, personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

  • Cuál es la cuantía de estas ayudas?

Con carácter general, 10.000 € por contratación.

Puede subir a 12.500 € si se contrata a una mujer de estos colectivos: exclusión social, paro de larga duración o mayor de 50 años.

Si se contrata a una mujer víctima de violencia de género: 20.000 €.

Si se contrata a una persona con discapacidad: 12.500 € (y 25.000 € si la discapacidad es severa).

  • Cuál es el plazo de presentación?

Las solicitudes se pueden presentar desde el 29 de enero de 2026 a las 10:00 h.
Importante: la solicitud debe presentarse después de hacer el contrato y dar de alta a la persona en la Seguridad Social.

En ningún caso se podrá presentar más tarde del 1 de septiembre de 2026.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

     Gómez de la Flor Abogados & Consultores

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