SUBVENCIÓN EN MATERIA DE IGUALDAD PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2024

SUBVENCIÓN EN MATERIA DE IGUALDAD PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2024

En fecha 11 de marzo, la Diputación Provincial de Valencia ha publicado en el BOP la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la provincia, destinadas a desarrollar actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género 2024. ENLACE BOP ENLACE CONVOCATORIA ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas, que tengan domicilio social y actúen en la provincia de Valencia, destinadas al desarrollo de actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género, durante 2024. ¿Cuáles son los requisitos para optar a la subvención? Para obtener la condición de beneficiarias en la presente convocatoria, las entidades interesadas deberán reunir los siguientes requisitos: Estar legalmente constituida, con los Estatutos adaptados a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, del Derecho de Asociación o a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, e inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones o Fundaciones a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes Carecer de ánimo de lucro de forma expresa y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas. No podrán ser beneficiarias las entidades de interés económico en la que los ingresos sean considerados de sus socios o participantes y repartidos entre ellos. En el caso de organizaciones mixtas, deberá contar con presencia equilibrada o paritaria de las mujeres en los órganos de dirección. Figurar en sus Estatutos como fines institucionales la promoción...
SUBVENCIONES A NUEVOS COMERCIOS Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN LA CIUDAD DE VALÈNCIA

SUBVENCIONES A NUEVOS COMERCIOS Y CONSOLIDACIÓN DE LOS EXISTENTES EN LA CIUDAD DE VALÈNCIA

En fecha 23 de febrero, el Ayuntamiento de Valencia ha aprobado la convocatoria de subvenciones a nuevos comercios y consolidación de los existentes en la ciudad de Valencia, dotada con un total de 1.576.013,75€. ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? El objeto de la convocatoria es regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Valencia, destinadas a fomentar el pequeño comercio y el consumo de proximidad. La finalidad de estas subvenciones es el apoyo a las actividades comerciales de la ciudad de Valencia para afrontar los gastos corrientes derivados de la titularidad, ejercicio, desarrollo y mejora del negocio o actividad comercial. Se pretende incentivar el mantenimiento y la creación de empresas comerciales, así como mejorar el mapa comercial de la ciudad de Valencia. ¿Cuáles son los requisitos para optar a la subvención? Podrán acogerse a esta convocatoria de subvención los que cumplan los siguientes requisitos: Que el establecimiento comercial se encuentre abierto al público durante todo el año 2024 y en la ciudad de Valencia. Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda por persona física o jurídica, Sociedad Limitada, cooperativa, sociedad civil o comunidad de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica legalmente constituidas, y para un único establecimiento. No se tendrán en cuenta las solicitudes de ayudas presentadas por personas subarrendatarias del establecimiento comercial en el supuesto que ejerzan su actividad en el mismo local que la arrendataria. En caso de presentación de dos o más solicitudes a esta ayuda por comercios que tengan el mismo epígrafe, uno a nombre de persona física y otro a nombre...
SUBVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA PARA EMPRENDEDORES PARA 2024

SUBVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA PARA EMPRENDEDORES PARA 2024

En fecha 9 de febrero, el Ayuntamiento de Valencia ha aprobado la convocatoria de Subvención Municipal Emprende y Concilia 2024, dotada con un total de 2.800.000€. ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? El objeto de la convocatoria es acometer actuaciones encaminadas a fomentar la creación de actividad empresarial en el término municipal de València, por medio del establecimiento de ayudas destinadas a apoyar en los inicios de la actividad económica a aquellas personas que hayan generado el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos entre el 12 de abril de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, favoreciendo la conciliación de la vida laboral y familiar. ¿Cuáles son los requisitos para optar a la subvención? Podrán acogerse a esta convocatoria de subvención tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan los siguientes requisitos: Que hayan comenzado su actividad empresarial, dándose de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE en lo sucesivo) y se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA en lo sucesivo) entre el 12 de abril de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención. A los efectos del plazo establecido en el párrafo anterior, en el supuesto de que la persona solicitante de la ayuda esté dada de alta en más de un epígrafe del IAE, se tendrá en cuenta como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta de la actividad más antigua que figure en el Certificado de Situación Censal. Que...
OBLIGACIONES LABORALES BÁSICAS DE LA EMPRESA 2024

OBLIGACIONES LABORALES BÁSICAS DE LA EMPRESA 2024

Las empresas están sometidas a un gran número de obligaciones que a continuación señalamos. TODAS LAS EMPRESAS INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE TRABAJADORES: 1. Registro retributivo Según el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres, se debe de elaborar un registro retributivo, incluyendo el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres en materia salarial. El registro retributivo deberá contener los valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones de la plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. Además, deben reflejar las medias aritméticas y las medianas de las agrupaciones de los trabajos de igual valor, y una justificación cuando la media aritmética o mediana de las retribuciones totales en la empresa de las personas trabajadoras de un sexo sea superior a las del otro en, al menos, un 25%. 2. Registro obligatorio de jornada Tal y como indica el Articulo 12.4c), 34.7 y 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, se deberá de registrar el horario de inicio y finalización de jornada de cada persona trabajadora. Además de indicar las horas extra diarias y mensuales realizadas. Los datos se deben conservar durante 4 años, que estará a disposición de las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 3. Protocolo de acoso laboral, sexual y por razón de sexo Todas las empresas tienen la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, arbitrar procedimientos específicos para su prevención, así como para...
SMI 2024

SMI 2024

En fecha 7 de febrero, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024. ¿Cuánto se incrementa la cuantía del SMI? El SMI para 2024, queda fijado en 15.876€ al año, lo que equivale a 37,8€ al día o 1.134€ al mes (en 14 pagas) o 1.323€ al mes (en 12 pagas), según el salario esté fijado por días o por meses. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata. ¿Cuál es el SMI para los trabajadores temporeros o con contrato eventual? Las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de 30 días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 53,71 euros por jornada legal en la actividad. ¿Cuál es el SMI para las trabajadoras empleadas de hogar? El salario mínimo de dichas empleadas y empleados de hogar será de 8,87 euros por hora efectivamente trabajada. ¿A cuánto asciende la base mínima de cotización a la seguridad social? La base mínima de cotización a la Seguridad Social se incrementará para el 2024 en línea...