Con fecha 30 de diciembre de 2020 la Generalitat Valenciana ha anunciado que los ayuntamientos informen a los responsables de los locales de ocio y establecimientos de restauración de la obligación del cumplimiento de las medidas acordadas por la autoridad sanitaria para el ejercicio de su actividad.
✓¿Qué condiciones para poder desarrollar la actividad en los locales de ocio y restauración se deben adoptar?
La Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública informó en las diferentes resoluciones las siguientes condiciones:
- Mesas con un máximo de 6 personas.
- Aforo máximo del 30% en el interior de locales de ocio y establecimientos de restauración y del 50% en terrazas exteriores.
- Distancia entre las mesas de 2 metros en el interior de los establecimientos y de 1,5 metros en terrazas exteriores.
- El consumo siempre será sentado en mesa.
- Prohibido el consumo en barra.
- El uso de mascarilla es obligatorio cuando no se consuma.
- El horario de cierre de los establecimientos el día 31 de diciembre será a las 24 horas. El resto de los días, a las 23 horas.
- Está prohibido fumar en las mesas y terrazas de los locales cuando no se pueda respetar la distancia de, al menos, 2 metros.
- Quedan prohibidas las actuaciones musicales en directo, según se recoge en el artículo 9.3 de la Resolución de 5 de diciembre de 2020 de la Conselleria de Sanitat, que establece: “Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería”.
- Mediante resolución de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública de 30 de diciembre quedan también prohibidas expresamente “las actuaciones de disc-jokeys, pinchadiscos, locutores y/o similares”.
Los ayuntamientos, a través de las policías locales, deben apercibir a los propietarios y responsables de los establecimientos de ocio, hostelería y restauración que el incumplimiento de las medidas acordadas por la autoridad sanitaria dará lugar a una respuesta administrativa contundente de la Administración competente. La Administración podrá adoptar como medida cautelar el cierre del local.
No obstante, las fiestas de Nochevieja, tal y como están tradicionalmente concebidas, están prohibidas. Se celebren a la hora que se celebren.
Como siempre quedamos a su entera disposición, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo, mucha SALUD y recuerda #actitudpositiva.
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