No pongas en juego tu patrimonio personal por la insolvencia de la sociedad y/o por las garantías que has prestado como Avalista.
El 30 de junio finalizó la moratoria concursal
Si te encuentras en un estado de insolvencia, seas una empresa, un autónomo o un particular, dispones de dos meses para solicitar la declaración del concurso o al menos iniciar el preconcurso, ya sea mediante el inicio de negociaciones con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación, un acuerdo extrajudicial de pagos (mediación concursal).
Tal y como así se establece la Ley Concursal, los supuestos que habilitan a cualquier acreedor a solicitar el concurso del deudor:
- La existencia de un título por el cual se haya despachado mandamiento de ejecución o apremio sin que del embargo hubieran resultado bienes libres conocidos bastantes para el pago.
- La existencia de embargos por ejecuciones en curso que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.
- El sobreseimiento generalizado en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
- El sobreseimiento generalizado en el pago de las obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso; el de las cuotas de la seguridad social y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período, o el de los salarios e indemnizaciones a los trabajadores y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.
- El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.
Desde GOMEZ DE LA FLOR te acompañamos en todo el proceso, dándote la cobertura necesaria, planificando adecuadamente desde el principio un concurso ordenado, totalmente acorde con tus circunstancias económicas y de solvencia, incluyendo el procedimiento para persona física, conocido como el mecanismo de la segunda oportunidad, con el fin de conseguir la exoneración de tus deudas personales consecuencia de tus avales prestados.
De la práctica de todos los procesos de mediación que venimos presentando en los Juzgados, tanto en los Juzgados de lo Mercantil como en los de Primera Instancia, en toda España, el 85% corresponden a personas físicas vinculadas por garantías prestadas a empresas.
«Acudir a mecanismos de refinanciación y reestructuración, mediación y 2ªoportunidad es la clave para preservar nuestro panorama productivo y minimizar los efectos de la descompresión concursal tras la moratoria”.
Planificar la” Tesorería” significa salvaguardar la “Caja” y anticiparse a las situaciones de continua incertidumbre por las que estamos atravesando.
En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.
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