Con fecha 6 de septiembre de 2021 se ha publicado en el DOGV, la RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2021 el Programa de fomento de empleo para la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos. Enlace DOGV

  • ¿Cuál es el objeto de la resolución?

La concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación a jornada completa, durante al menos 24 meses, de las personas desempleadas pertenecientes a los colectivos desfavorecidos.

  • ¿Qué empresas podrán ser beneficiarias?

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las empresas de naturaleza jurídica privada con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

No podrán obtener la condición de beneficiarias:

  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
  • Las personas trabajadoras autónomas.
  • Las entidades sin ánimo de lucro.
  • Los Centros Especiales de Empleo (CEE).
  • Las Empresas de Inserción (EI).
  • ¿Cuáles son las personas destinatarias de estas subvenciones?

Las personas en el momento de su contratación deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:

  1. Personas desfavorecidas:
    1. Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 6 meses previos.
    2. Jóvenes entre 16 y 24 años.
    3. Personas mayores de 50 años
  2. Personas muy desfavorecidas:
    1. Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 24 meses previos.
    2. Jóvenes entre 16 y 24 años y personas mayores de 50 años que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 12 meses previos.

La contratación deberá ser ininterrumpida durante al menos 24 meses a jornada completa de las personas anteriormente descritas. En el caso de las personas con diversidad funcional severa, resultarán subvencionables las contrataciones que, con independencia del porcentaje que represente sobre la jornada habitual, tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.

  • ¿Cuánto es la cuantía de la subvención?

Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 1.000.000 €.

El importe de la subvención ascenderá a:

  1. En el caso de personas desfavorecidas: 5.985 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 6.650 euros.
  2. En el caso de personas muy desfavorecidas: 11.970 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 13.300 euros.

Los contratos de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

  • ¿Qué condiciones se establecen para poder optar a la subvención?

Se establecen las siguientes subvenciones:

  1. Las solicitudes que se presenten deberán incluir al menos 20 contratos subvencionables.
  2. Las contrataciones deberán haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2021.
  3. La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la dimisión del trabajador, de su discapacidad, de su jubilación por motivos de edad, de la reducción voluntaria del tiempo de trabajo o de su despido disciplinario procedente y no de resultas de su despido.
  • ¿Cuál es el plazo de presentación de las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria será del 7 de septiembre al 20 de octubre de 2021.

Como siempre quedamos a su entera disposición, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo, mucha SALUD y recuerda #actitudpositiva.