Con fecha 19 de enero de 2021 el Gobierno, patronal y sindicatos han llegado a un acuerdo de prorrogar los ERTE por Fuerza Mayor hasta el 31 de mayo de 2021.
- ¿Qué ERTES se ven prorrogados?
Se prorrogan automáticamente todos los ERTES de fuerza mayor vigentes, basados en el articulo 22 del RDL 8/2020 hasta el 31/05/2020, a efectos de prestaciones por desempleo de los trabajadores (70% de la base reguladora) y suspensión de sus contratos de trabajo.
Se prorrogan automáticamente todos los ERTE por impedimento en el desarrollo de la actividad, los ERTE por limitación al desarrollo normalizado de la actividad.
- ¿Qué exoneraciones en la seguridad social se aplican en los ERTE de Fuerza Mayor prorrogados?
En los ERTE por impedimento en el desarrollo de la actividad se aplican las siguientes exoneraciones, durante el periodo del cierre:
- Empresas de menos de 50 trabajadoresà 100%.
- Empresas de más de 50 trabajadoresà 90%.
En los ERTE por limitación al desarrollo normalizado de la actividad se aplican las siguientes exoneraciones:
- Empresas de menos de 50 trabajadoresà 100, 90, 85 y 80%, los meses de febrero, marzo, abril y mayo, respectivamente.
- Empresas de más de 50 trabajadoresà 90, 80, 75, 70%, los meses de febrero, marzo, abril y mayo, respectivamente.
- ¿Qué ocurre con los ERTE por CNAE?
Se establece un nuevo listado de CNAES en base a los criterios de 15% de trabajadores en ERTE y 70% de tasa de recuperación.
CNAE-09 A LOS QUE PERTENECEN LAS EMPRESAS ESPECIALMENTE AFECTADAS A LAS QUE SE REFIERE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Las exoneraciones que se aplican a las empresas con ERTE de CNAE son las siguientes:
- Empresas de menos de 50 trabajadoresà 85%.
- Empresas de 50 o más trabajadoresà 75%.
Dichas exoneraciones se aplican a las empresas siguientes:
- Empresas a las que se prorrogue automáticamente el ERTE vigente. Cuya actividad se clasifique en algunos de los códigos CNAE-09.
- Empresas que transiten desde un ERTE de fuerza mayor a un ERTE ETOP.
- Empresas a las que se prorrogue automáticamente el ERTE cuyo negocio dependa, indirectamente y en su mayoría, o que formen parte de la cadena de valor de éstas.
- Empresas que, habiendo sido calificadas como dependientes o integrantes de la cadena de valor, hayan transitado o transiten en el periodo entre el 01/02/2021 y el 31/05/2021 desde un ERTE por causas de fuerza mayor a un ERTE ETOP.
- ¿Qué duración tienen los ERTE por impedimento y ERTE por limitación?
Podrán solicitar nuevos ERTE por impedimento a partir del nuevo RDL y hasta el 31 de mayo de 2021 que hay que tramitar ante la autoridad laboral. El silencio administrativo es positivo.
La duración se limita a la de dichas medidas de contención.
Podrán solicitar nuevos ERTE por limitación a partir del nuevo RDL y hasta el 31 de mayo de 2021 que hay que tramitar ante la autoridad laboral. El silencio administrativo es positivo.
La duración no se limita a la de dichas medidas, sino que alcanza hasta el 31 de mayo de 2021.
- ¿Qué ocurre cuando pasas de un ERTE de Fuerza mayor de impedimento a un ERTE de limitación o viceversa?
Una vez se disponga de la resolución estimatoria de la autoridad laboral el paso de impedimento a limitación o viceversa, como consecuencia de las restricciones sanitarias adoptadas por las autoridades competentes, no requerirá de la tramitación de un nuevo ERTE.
Las empresas deberán comunicar el cambio de situación, la fecha de efectos y las personas afectadas a la autoridad laboral que hubieses aprobado el ERTE y presentar una declaración responsable ante la Tesorería General de la Seguridad Social para la aplicación de los porcentajes de exoneración correspondientes en cada situación. No obstante, al SEPE también habrá que comunicar los cambios que se produzcan al respecto de las personas afectadas.
- ¿Qué prohibiciones o limitaciones se aplican a las empresas?
Para las empresas que se acogen a las nuevas exoneraciones, seguirán siendo de aplicación las siguientes prohibiciones y/o limitaciones:
- Prohibición de repartir dividendos, correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen los ERTE.
- Prohibición de acogerse a ERTE de fuerza mayor prorrogados o nuevos por impedimento o limitación a empresas con domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales.
- Compromiso de mantenimiento de empleo. Se renueva el compromiso de las empresas beneficiarias de las exoneraciones por 6 meses más.
- Prohibición de despedir por fuerza mayor o causas objetivas en las que se aplican los ERTE vinculados al COVID.
- Suspensión de los contratos temporales de las personas afectadas por ERTE.
- Prohibición de horas extra y nuevas externalizaciones.
- ¿Qué ocurre con las prestaciones por desempleo?
Se extiende la prestación de desempleo sin exigencia del periodo de carencia, hasta el 31 de mayo de 2021.
El contador a cero se mantiene hasta el 30 de septiembre de 2021, aunque no computaran las prestaciones consumidas desde esa fecha para quienes, antes del 1 de enero de 2022, acceden a la prestación por desempleo por finalización de contrato, por despido, por causas ETOP o por despido declarado improcedente.
Se mantiene la prestación extraordinaria para los trabajadores fijos discontinuo o que realicen trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas.
Cuando se compatibilice una prestación por desempleo derivada de un ERTE con un trabajo a tiempo parcial, no se deducirá de la cuantía de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado.
Como siempre quedamos a su entera disposición, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo, mucha SALUD y recuerda #actitudpositiva.
Hola buenas noches, la ayuda extraordinaria para fijos discontinuos en baleares, tambien se prorroga hasta el 31 de mayo? Gracias
Buenas tardes,
En Baleares se está negociando, todavía no hay nada claro. En todo caso, para ampliar la información a su consulta, póngase en contacto a través del teléfono 963531918.
Un saludo.
Se me termina el paro y soy fija discontinua. Se me prorroga automáticamente o tengo que solicitar algo? Como solicito la prórroga?
Buenos días,
La prórroga es automática.
De todas formas si quiere realizar alguna consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros al 963531918.
Será automática la renovación el
Próximo 3 de mayo?
Buenas tardes,
Los ERTE están prorrogados hasta el 31 de mayo de 2021. Todavía no sabemos si van a seguir prorrogando dicho ERTEs.
Un saludo.
Hola, Estoy percibiendo la prestación extraordinaria para fijos discontinuos. Me puede decir por favor, si la prorroga es automática o bien tengo que realizar alguna gestión en el SEPE.(Vivo en Castellón).
Muchas Gracias.
Saludos.
Silvia
Buenos días,
La prórroga es automática, usted no tiene que realizar ninguna gestión.
Hola, la prestación extraordinaria para fijos discontinuos entiendo que también se prorroga? Vivo en Catalunya pero entiendo que es para todos igual, no? Y en ese caso tengo yo que hacer algún trámite? Muchas gracias
Buenos días,
Los trabajadores fijos discontinuos van a poder seguir cobrando la ayuda extraordinaria creada para compensar la crisis del coronavirus hasta el 31 de mayo. No obstante, son las empresas quienes deben realizar el trámite.
Ya estuve en erte y me vuelven a meter ,estuve 6 meses, que porcentaje me corresponde ahora de dinero a cobrar ? Gracias
Buenas tardes,
Al ser una consulta especifica, ruego que se pongan en contacto con nosotros al teléfono 963531918 y solicitar cita para ver su caso.
Un saludo.
Gracias.
Hola buenas noches. Soy fijodiscontinuo. Estuve cobrando hasta febrero la ayoda extraordinaria. Tengo que solicitar hola prorroga…??un saludo.
Buenos días,
La prórroga es automática.
De todas formas si quiere realizar alguna consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros al 963531918.
Estamos a 8 de marzo y en consulta del sepe erte, pone fin 31/1/2021. Y en solicitud no se ve nada de febrero, con lo cual ahora el 10 de Marzo no cobraré Febrero…. parece que de automáticamente nada.
Buenos días. En las negociaciones que se están llevando a cabo en la prorroga de los ERTE, las prestaciones extraordinarias para Fijos Discontinuos, ¿se mantendrían más allá del 31 de mayo?. Gracias.
Buenas tardes,
A fecha actual se desconoce si se van a prorrogar los ERTE.
Para más información no dude en contactar con nosotros al número de teléfono 963531918.
Gracias.
Un saludo.
Hola.Soy fijo- discontinuo y estoy en Erte desde mayo del año pasado me Empiezo a trabajar el próximo 19 de junio,pero me gustaría saber si todo éste tiempo que he estado en Erte se me descontará del paro que me toque percibir en años venideros.graciaa
Buenos días,
Las prestaciones por ERTE que fueron cobradas hasta el 30 de septiembre de 2020, no consumen paro. Sin embargo, a partir del 1 de octubre sí comienza a correr el contador que descuenta cada día que el trabajador cobra de ERTE excepto si el paro se solicita después del 1 de octubre de 2026 o si el paro se solicita antes del 1 de enero de 2022 en los siguientes casos: Si la extinción de la relación laboral viene motivada por un fin de contrato temporal; En caso de despido motivado por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; En caso de cualquier despido declarado improcedente.
Gracias.