by Gómez de la Flor | Abr 24, 2019 | Noticias
Convocadas elecciones al Congreso de los Diputados, al Senado y a Les Corts, que se celebrarán el próximo 28 de abril de 2019, procede adoptar en el ámbito de la Comunitat Valenciana las medidas correspondientes respecto del horario laboral de los trabajadores que no disfruten en dicho día del descanso semanal. (Regulación publicada en la orden 4/2019, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores productivos, Comercio y trabajo). El domingo 28 de abril de 2019 las empresas en las que presten sus servicios trabajadoras y trabajadores que tengan la condición de electores, y que no disfruten en tal día del descanso semanal previsto en el artículo 37 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, concederán a los mismos permiso, a fin de que puedan participar en las elecciones convocadas. Dicho permiso será retribuido por la empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 37.3.d del mismo Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre. 1. La concesión del permiso a que se refiere el apartado anterior se ajustará a las siguientes normas: a) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de la apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas: – En estos supuestos no tendrán derecho a permiso retribuido. b) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: – Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas. c) Trabajadoras y trabajadores...
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