by Gómez de la Flor | Ago 19, 2019 | Noticias
El BOE publicó el pasado lunes esta sentenciaAdemás, se van a revisar de oficio 8.500 pensiones con resolución no firme, de las que alrededor de 2.200 pueden incrementarse hasta un 4% La sentencia anula la fórmula actual porque se penalizan doblemente las pensiones por empleo a tiempo parcial y supone una discriminación indirecta por sexoEl INSS ha diseñado en un mes el aplicativo informático en el que ya están incorporadas las indicaciones del Constitucional El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) aplica ya los criterios del Tribunal Constitucional tanto a las solicitudes de pensión que se presenten con índice de parcialidad como a las ya reconocidas por empleo a tiempo parcial, y cuya resolución aún no es firme en vía administrativa. La sentencia se publicó el pasado lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).El Instituto revisará de oficio alrededor de 8.500 de las ya reconocidas y con resolución no firme, de las que cerca de 2.200 se pueden ver incrementadas en torno a un 4%. El BOE del 12 de agosto publicó el fallo dictado el pasado mes de julio, por el que el Tribunal Constitucional (TC) declaraba inconstitucional y nula la forma de cómputo de los períodos de cotización a tiempo parcial a efectos de determinar la cuantía de la pensión de jubilación. Esta fórmula, vigente desde 1998 y adaptada en 2014, está recogida en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). El Tribunal Constitucional considera injustificada la doble penalización que supone la actual fórmula de cálculo en el derecho a la jubilación de quienes han trabajado a tiempo parcial. Según...
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