Sabemos que tu tiempo es oro y que las complejidades legales pueden ser un verdadero dolor de cabeza. Por eso, te escribimos hoy para informarte de una noticia muy relevante que puede interesarte y afectarte directamente: una reciente sentencia del Tribunal Supremo que cambia las reglas del juego sobre la responsabilidad de los administradores y directivos de empresas.

  • ¿Qué ha cambiado? Y, sobre todo, ¿en qué te beneficia?

Hasta ahora, cuando Hacienda detectaba una deuda tributaria en una empresa, era muy común que derivara la responsabilidad de pagarla directamente a sus administradores. En la práctica, esto significaba que, como administrador, podías verte obligado a responder con tu patrimonio personal por las deudas de la sociedad, casi de forma automática.

¡Aquí viene la buena noticia! El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que supone un giro de 180 grados a esta situación.

En pocas palabras, el Tribunal establece que la derivación de responsabilidad a un administrador no es automática, sino que tiene un carácter sancionador. ¿Y esto qué significa? Algo muy sencillo pero fundamental: ahora es la Administración la que tiene que demostrar tu culpabilidad.

Ya no se te puede considerar responsable simplemente por ser el administrador. Ahora, para que puedan exigirte el pago de una deuda de la empresa, Hacienda deberá probar que actuaste de forma negligente o que colaboraste activamente en la infracción tributaria. Se aplica, por tanto, el principio de presunción de inocencia.

  •  ¿Cómo te afecta esto en tu día a día?
  • Mayor seguridad jurídica: Esta sentencia te ofrece una capa de protección mucho mayor. Tu patrimonio personal está más a salvo.
  • Nuevas vías de defensa: Nos proporciona a nosotros, tus asesores, nuevas y más sólidas herramientas para defenderte en caso de que te veas afectado por un procedimiento de derivación de responsabilidad.
  • Un mensaje claro a la Administración: Limita la capacidad de actuación de la Administración, que ahora deberá ser mucho más rigurosa y fundamentada a la hora de exigir responsabilidades.

En definitiva, esta sentencia es un balón de oxígeno para todos los que, como tú, asumís la valentía de dirigir una empresa.

Somos conscientes de la importancia de esta noticia y, por ello, queríamos que fueras el primero en conocerla. En nuestro despacho ya estamos aplicando este nuevo criterio en todos los asuntos que gestionamos.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

Gómez de la Flor Abogados & Consultores