PRÓRROGA ERTE HASTA 31 DE MAYO 2021

PRÓRROGA ERTE HASTA 31 DE MAYO 2021

Con fecha 19 de enero de 2021 el Gobierno, patronal y sindicatos han llegado a un acuerdo de prorrogar los ERTE por Fuerza Mayor hasta el 31 de mayo de 2021. ¿Qué ERTES se ven prorrogados? Se prorrogan automáticamente todos los ERTES de fuerza mayor vigentes, basados en el articulo 22 del RDL 8/2020 hasta el 31/05/2020, a efectos de prestaciones por desempleo de los trabajadores (70% de la base reguladora) y suspensión de sus contratos de trabajo. Se prorrogan automáticamente todos los ERTE por impedimento en el desarrollo de la actividad, los ERTE por limitación al desarrollo normalizado de la actividad. ¿Qué exoneraciones en la seguridad social se aplican en los ERTE de Fuerza Mayor prorrogados? En los ERTE por impedimento en el desarrollo de la actividad se aplican las siguientes exoneraciones, durante el periodo del cierre: Empresas de menos de 50 trabajadoresà 100%.Empresas de más de 50 trabajadoresà 90%. En los ERTE por limitación al desarrollo normalizado de la actividad se aplican las siguientes exoneraciones: Empresas de menos de 50 trabajadoresà 100, 90, 85 y 80%, los meses de febrero, marzo, abril y mayo, respectivamente.Empresas de más de 50 trabajadoresà 90, 80, 75, 70%, los meses de febrero, marzo, abril y mayo, respectivamente. ¿Qué ocurre con los ERTE por CNAE? Se establece un nuevo listado de CNAES en base a los criterios de 15% de trabajadores en ERTE y 70% de tasa de recuperación. CNAE-09 A LOS QUE PERTENECEN LAS EMPRESAS ESPECIALMENTE AFECTADAS A LAS QUE SE REFIERE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA Las exoneraciones que se aplican a las empresas con ERTE de CNAE son las siguientes:...
MEDIDAS ADICIONALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA COMO CONSECUENCIA DEL AGRAVAMIENTO DE LA SITUACIÓN DE LA COVID-19

MEDIDAS ADICIONALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA COMO CONSECUENCIA DEL AGRAVAMIENTO DE LA SITUACIÓN DE LA COVID-19

Con fecha 20 de enero de 2021 se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 PINCHA AQUI ¿Qué establecimientos se ven afectados al cierre? El cierre preventivo y la suspensión cautelar de ciertas actividades, establecimientos y espacios: Centros recreativos de mayores (hogares del jubilado) y de jóvenes (ludotecas, centros de ocio y entretenimiento juvenil), y centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales (casales falleros). Establecimientos y actividad de hostelería y restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento, salvo que en los mismos se preste servicio de recogida de comida y/o bebida en el local o envío a domicilio (durante el horario de apertura habitual del establecimiento). Establecimientos dedicados a actividades recreativas y de azar, entre los que se incluyen casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar, salones recreativos de máquinas de azar, salones de juego, tómbolas, salones cíber y similares. Los establecimientos y actividad de hostelería que no se ven afectados por el cierre son los siguientes: Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de profesionales y acompañantes y familiares de pacientes.Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos, para uso exclusivo de la clientela alojada en los mismos.Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo para el personal empleado.Servicio de comedor escolar en guarderías...
PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL SEVERA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 2021

PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL SEVERA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 2021

Con fecha 19 de enero de 2021 se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2021 el programa de fomento de la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana PINCHA AQUI   ¿Cuál es el objeto de la resolución? La concesión de subvenciones para fomentar la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ¿Quiénes son los beneficiarios de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contrate mediante un contrato temporal a personas desempleadas con diversidad funcional severa. En cambio, no podrán ser beneficiarias: Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadasLas sociedades civiles,Las comunidades de bienes,Cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables. ¿Qué requisitos se establecen para poder optar a la subvención? La concesión de la subvención requerirá de los siguientes requisitos: Las personas destinatarias finales de este Programa son las personas con un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido igual o superior al 33 % o con un grado de discapacidad física o sensorial reconocido igual o superior al 65 %. La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA hasta su contratación. ¿Cuál es la cuantía...
PROGRAMA DE APOYO AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE MUJERES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO DIRIGIDO AL EMPRENDIMIENTO

PROGRAMA DE APOYO AL MANTENIMIENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO DE MUJERES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO DIRIGIDO AL EMPRENDIMIENTO

Con fecha 20 de enero de 2021 se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las subvenciones destinadas al Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento PINCHA AQUI ¿Cuál es el objeto de la resolución? La concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal. ¿Quiénes son los beneficiarios de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable se encuentren embarazadas o en proceso de adopción. En cambio, no podrán ser beneficiarias: Socias de sociedades mercantilesSocias de sociedades cooperativas, Socias de sociedades civiles Socias de sociedades laborales, Mujeres integrantes de comunidades de bienesAutónomas colaboradoras ¿Qué requisitos se establecen para poder optar a la subvención? La concesión de la subvención requerirá de los siguientes requisitos: La contratación debe efectuarse a partir del 1 de enero de 2021 y siempre con carácter previo a la baja maternal de la...
PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE DETERMINADOS COLECTIVOS VULNERABLES COMUNITAT VALENCIANA 2021

PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE DETERMINADOS COLECTIVOS VULNERABLES COMUNITAT VALENCIANA 2021

Con fecha 19 de enero se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 30 de diciembre de 2020, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2021 el Programa de fomento de la contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (AVALEM EXPERIÈNCIA). PINCHA AQUÍ ¿Cuál es el objeto de la resolución? La concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. ¿Qué entidades se podrán beneficiar de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana. En cambio, no podrán ser beneficiarias: Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.Las sociedades civiles.Las comunidades de bienesCualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables. ¿Cuáles son los colectivos vulnerables para que las entidades puedan ser beneficiarias de esta subvención? Las personas destinatarias finales de estas subvenciones deberán pertenecer en el momento de su contratación a alguno de los siguientes colectivos: Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.Personas desempleadas de larga duración.Personas mayores de 50 años.Personas con diversidad funcional Además, deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación. ¿Cuál...