REAL DECRETO 901/2020, DE 13 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS PLANES DE IGUALDAD Y SU REGISTRO

REAL DECRETO 901/2020, DE 13 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS PLANES DE IGUALDAD Y SU REGISTRO

Con fecha 13 de octubre de 2020 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. PINCHA AQUI ✓¿Quiénes estarán obligados a realizar los planes de igualdad? Todas las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. Estarán obligadas a realizar planes de igualdad: Las empresas de 50 o más trabajadores.Las empresas cuando así se establezca en el convenio colectivo que sea aplicable o cuando exista una resolución en este sentido de la autoridad laboral en un procedimiento sancionador. La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las demás empresas, previa consulta o negociación con la representación legal de los trabajadores. Deberán adoptar, con previa consulta o negociación colectiva: Medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral.Promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.Arbitrar procedimientos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quieres hayan sido objeto del mismo. Los grupos de empresas podrán elaborar un plan único para todas o parte de las empresas del grupo. Esta posibilidad no afecta a la obligación de las empresas no incluidas en el plan de grupo de disponer de su propio plan de igualdad. ✓¿Cómo se cuantificarán el número de personas trabajadoras en la empresa? Se computará la plantilla total de la empresa. Cada persona...
IV CONGRESO DE TECNOLOGÍAS EMERGENTES

IV CONGRESO DE TECNOLOGÍAS EMERGENTES

AECTA y FEMEVAL organizan el IV Congreso de Tecnologías Emergentes. ¿Quién podrá participar en el Congreso? Empresas y centros de investigación relacionados con la mecanización y la industria. ¿Cuándo tendrá lugar el Congreso? El próximo 10 de noviembre de 2020 en Valencia en la Ciudad de la innovación. ¿En qué consiste este Congreso? Esta cuarta edición será totalmente on-line, Transformación Digital en la era COVID-19 de la Distribución Omnicanal al Teletrabajo. Se prestará atención a las redes de distribución y consumo en un tiempo distinto, como nos hemos tenido que adaptar de una forma rápida a la nueva situación y como muchas empresas que ya estaban adaptadas han llevado una gran ventaja frente a otras. ¿Cómo se puede participar en dicho Congreso? Se podrá participar de varias formas, comprando tu entrada o participando como patrocinador. Si deseas ser patrocinador, debes ponerte en contacto con Carmen Blasco al correo...
PRIMERA MUJER EN PRESIDIR UNA SALA EN EL TRIBUNAL SUPREMO, Dª MARIA LUISA SEGOVIANO

PRIMERA MUJER EN PRESIDIR UNA SALA EN EL TRIBUNAL SUPREMO, Dª MARIA LUISA SEGOVIANO

La Excma. Sra. Magistrada Dª Mª Luisa Segoviano Astaburuaga, ha sido nombrada Presidenta de la Sala Cuarta (De lo Social) del Tribunal Supremo, siendo la primera mujer que ostenta un cargo de tanta importancia en el mundo de la Judicatura. Este nombramiento, nos llena de orgullo,ya que la seguimos en sus publicaciones de la Revista de Relaciones Laborales del Colegio de Graduados Sociales de Valencia, así como en sus ponencias habituales. Desde Gómez de la Flor Abogados & Consultores queremos felicitar a la nueva Presidenta, y desearle éxitos y logros en tan importante...
REAL DECRETO-LEY 30/2020, DE 29 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS SOCIALES EN DEFENSA DEL EMPLEO

REAL DECRETO-LEY 30/2020, DE 29 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS SOCIALES EN DEFENSA DEL EMPLEO

Estimado/a Cliente/a: Con fecha 29 de septiembre de 2020, se ha aprobado el Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre de medidas sociales en defensa del empleo. PINCHA AQUI. ✓¿Qué ERTEs se podrán prorrogar? Los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021. Art. 22 RD 8/2020: Las suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, que impliquen suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad, o bien en situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria, tendrán la consideración de fuerza mayor. ✓¿Qué tipos de ERTE se pueden aplicar? Se han creado nuevos tipos de ERTE: ERTE por fuerza mayor.ERTE por fuerza mayor por impedimento o limitaciones de actividad.ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la COVID-19. ✓¿Qué sectores se podrán seguir acogiendo a las condiciones extraordinarias de los ERTE de fuerza mayor? El Gobierno y sindicatos mantienen la idea de que la prórroga de los ERTE de fuerza mayor se focalice en los sectores más castigados por la pandemia, es decir, el sector turístico. Todos aquellos sectores que tengan la CNAE-09 (Catalogo Nacional de Actividades Económicas). ✓¿En qué...
PROTOCOLO A SEGUIR PARA LA DEVOLUCIÓN DE CUOTAS DE LA TARIFA PLANA DE LOS AUTÓNOMOS

PROTOCOLO A SEGUIR PARA LA DEVOLUCIÓN DE CUOTAS DE LA TARIFA PLANA DE LOS AUTÓNOMOS

Estimado/a Cliente/a; Con fecha 7 de agosto de 2020 la Tesorería de la Seguridad Social anunció su rectificación al criterio de la bonificación de las cuotas de la Seguridad Social para los nuevos autónomos, conocida como Tarifa Plana en 2013. ✓¿Qué reconoce la Tesorería General de la Seguridad Social? Hasta ahora en las resoluciones de alta de los autónomos societarios se dejaba sin efecto la bonificación de Tarifa plana establecida el Artículo 31 de La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. No obstante, existían varias sentencias donde indicaban que los autónomos societarios podían acogerse a la bonificación en la cuota a la Seguridad Social desde el comienzo de su actividad, pero en la sentencia 3887/2019 emitida por un Recurso de Casación, en diciembre de 2019, por la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal, se reconoce a una trabajadora por cuenta propia, dueña de una S.L.U. el derecho a acceder a la Tarifa Plana. Por ello, la Tesorería General de la Seguridad Social ha cambiado de criterio con respecto a los trabajadores autónomos societarios para acceder a la Tarifa plana, como cualquier otro trabajador por cuenta propia. Por tanto, la Tesorería rectifica y anuncia que “al existir ya doctrina jurisprudencial sobre la aplicación de lo dispuesto -el derecho de los autónomos societarios a acceder a la bonificación- procede modificar el criterio que ha venido manteniendo la Tesorería General, de manera que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas acogerse a los beneficios en la cotización previstos por el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo y,...