RESOLUCIÓN DE 6 DE JULIO DE 2021, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN Y DIFUSIÓN EN MATERIA DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE ACCIÓN EXTERIOR PARA 2021

RESOLUCIÓN DE 6 DE JULIO DE 2021, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN Y DIFUSIÓN EN MATERIA DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE ACCIÓN EXTERIOR PARA 2021

Con fecha 12 de julio de 2021 se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2021, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para la realización de actividades de formación y difusión en materia de la Unión Europea y de acción exterior Mediante Decreto 16/2021, de 19 de mayo, del president de la Generalitat (DOGV 24.05.2021), se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de formación y difusión en materia de la Unión Europea y de acción exterior. ¿Cuál es el objeto de la resolución? Subvencionar la realización de actividades formativas y de difusión cuya finalidad sea la divulgación en la Comunitat Valenciana de conocimientos relativos a la Unión Europea, la participación ciudadana en la Unión Europea, y cualquier otro aspecto relacionado directamente con la Unión Europea o con la acción exterior de la Comunitat Valenciana, tanto respecto de países de fuera de la Unión Europea como de organismos internacionales. Para el presente ejercicio se consideran prioritarias las siguientes temáticas: Conferencia sobre el Futuro de Europa.Pacto Verde Europeo.Europa adaptada a la era Digital.Desarrollo del Pilar Europeo de derechos sociales. ¿Quiénes son los beneficiarios de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades públicas y las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como las cooperativas. Las cooperativas deberán tener una actividad regular demostrable durante el año anterior a la convocatoria. ¿Qué requisitos se establecen para poder optar a la subvención? Las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de...
LA PROTECCIÓN DE DATOS EN LAS RELACIONES LABORALES

LA PROTECCIÓN DE DATOS EN LAS RELACIONES LABORALES

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado la guía de «Protección de datos en las relaciones laborales» con el objetivo de ofrecer una herramienta práctica de ayuda a las organizaciones públicas y privadas para un adecuado cumplimiento de la legislación. Esta guía ha sido elaborada por la Agencia con la participación tanto del Ministerio del Trabajo y Economía Social como de la patronal y organizaciones sindicales....
CARTA DE DERECHOS DIGITALES

CARTA DE DERECHOS DIGITALES

El Gobierno ha presentado la Carta de Derechos Digitales, con la que “España se sitúa a la vanguardia internacional en la protección de derechos de la ciudadanía a la nueva realidad digital”. ¿Qué objetivo tiene la Carta de Derechos Digitales? Esta Carta trata de «reforzar» y «ampliar» los derechos de la ciudadanía, «generar certidumbre a la sociedad en esta nueva realidad digital y aumentar la confianza» de las personas ante la disrupción que representa la tecnología. Tiene como objetivo reconocer los retos que plantea la adaptación de los derechos actuales al entorno virtual y digital. El objetivo de la Carta es descriptivo, prospectivo y asertivo. Descriptivo de los contextos y escenarios digitales determinantes de conflictos, inesperados a veces, entre los derechos, valores y bienes de siempre, pero que exigen nueva ponderación; esa mera descripción ayuda a visualizar y tomar conciencia del impacto y consecuencias de los entornos y espacios digitales. Prospectivo al anticipar futuros escenarios que pueden ya predecirse. Asertivo en el sentido de revalidar y legitimar los principios, técnicas y políticas que, desde la cultura misma de los derechos fundamentales, deberían aplicarse en los entornos y espacios digitales presentes y futuros. ¿Qué categorías expone la carta de Derechos Digitales? La Carta de Derechos Digitales anuncia un conjunto de principios y derechos para guiar futuros proyectos normativos y el desarrollo de las políticas públicas de forma que se garantice la protección de los derechos individuales y colectivos en los nuevos escenarios digitales. Categorías principales de derechos: Derechos de libertad:Derechos y libertades en el entorno digitalDerecho a la identidad en el entorno digitalDerecho a la protección de datosDerecho al pseudonimatoDerecho...
RESOLUCIÓN DE 7 DE JULIO DE 2021, POR LA CUAL SE CREA EL SELLO ELECTRÓNICO PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AUTOMATIZADA CERTIFICADO COVID DIGITAL UE

RESOLUCIÓN DE 7 DE JULIO DE 2021, POR LA CUAL SE CREA EL SELLO ELECTRÓNICO PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA AUTOMATIZADA CERTIFICADO COVID DIGITAL UE

Con fecha 14 de julio, se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se crea el sello electrónico para la actuación administrativa automatizada Certificado COVID Digital UE, de acuerdo con el Reglamento 2021/953, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2021, relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación a fin de facilitar la libre circulación durante la pandemia de Covid-19. ¿Cuál es el objeto de la resolución? La creación del sello electrónico de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, para la actuación administrativa automatizada Certificado COVID Digital de la UE. ¿Cuál es la finalidad del sello electrónico? Se crea el sello electrónico de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, basado en un certificado reconocido o cualificado, como sistema de firma electrónica para garantizar la autenticidad y la integridad exclusivamente de los documentos de la actuación administrativa automatizada Certificado COVID Digital de la UE, de acuerdo con el Reglamento 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación a fin de facilitar la libre circulación durante la pandemia de Covid-19. ¿Cuáles son los órganos competentes? La titularidad y custodia del sello electrónico que se crea corresponde a la Conselleria con competencias en materia de sanidad y salud pública. La Subsecretaria de la Conselleria con competencias en materia de sanidad y salud...
RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 2021, POR LA QUE SE ACUERDAN MEDIDAS EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 2021, POR LA QUE SE ACUERDAN MEDIDAS EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

Con fecha 12 de julio, se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 9 de julio de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, para el periodo entre el 10 de julio de 2021 y el 25 de julio de 2021. Medidas de cautela, seguridad e higiene  Toda la ciudadanía deberá adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID- 19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Con carácter general, se recomienda cuando se esté al aire libre, especialmente en ambientes urbanos, seguir usando la mascarilla, excepto en playas y espacios naturales. Medidas especificas por actividades, servicios y sectores en materia de salud publica Medidas relativas a celebraciones, eventos o concentraciones de personas No se permite la realización de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes. En el caso de celebrarse en espacios interiores, el aforo será del 75% con un máximo de 1000 personas asistentes. En el caso de celebrarse al aire libre, el aforo será del 75% con un máximo de 2000 personas asistentes. El consumo de alimentos y bebidas se hará exclusivamente en la zona de restauración que se habilite, que habrá de estar separada de la zona del acontecimiento. Podrán celebrarse actividades extraordinarias o espectáculos en establecimientos con licencia con un aforo máximo del 50% sobre el previsto en la licencia de apertura del establecimiento. En espacios interiores con un límite máximo de...