Ayudas destinadas a favorecer el mantenimiento y la consolidación del empleo autónomo para el ejercicio 2021

Ayudas destinadas a favorecer el mantenimiento y la consolidación del empleo autónomo para el ejercicio 2021

Con fecha 7 de diciembre de 2020 se ha publicado en el DOGV, la RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se efectúa la convocatoria anticipada de las ayudas destinadas a favorecer el mantenimiento y la consolidación del empleo autónomo, dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2021. PINCHA AQUÍ ✓¿Cuál es el objetivo de la resolución? Convocar, para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a favorecer el mantenimiento y la consolidación del empleo autónomo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, a través de actuaciones integradas de apoyo, orientación, tutorización y asesoramiento técnico a personas trabajadoras autónomas ya constituidas. ✓¿Quiénes serán los beneficiarios de dichas ayudas? Serán beneficiarios de la ayuda para favorecer el mantenimiento y la consolidación del empleo autónomo, todas aquellas Asociaciones de personas trabajadoras autónomas que tengan personalidad jurídica, carácter intersectorial, ámbito autonómico e implantación en el territorio de la Comunitat Valenciana, y estén legalmente constituidas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunitat Valenciana. Estas entidades deberán estar inscritas en el citado registro antes del 1 de enero del año anterior al que se publique la convocatoria a la que se pretende acceder. ✓¿Qué financiación poseen las ayudas? Las ayudas que se convocan para el ejercicio 2021 se financiarán hasta un importe global máximo de 300.000,00 euros. La cuantía máxima que puede recibir cada proyecto de actuación será de 60.000,00 euros. En ningún caso se podrá presentar más de un proyecto por una misma...
WEBINAR «El Teletrabajo un nueva realidad» día 03/12/2020

WEBINAR «El Teletrabajo un nueva realidad» día 03/12/2020

Estimado/a Cliente/a, Adjunto programa de webinar gratuito sobre «El Teletrabajo un nueva realidad«, que celebraremos mañana  jueves, 3 de diciembre, de 09:30 a 11:00 horas, mediante la aplicación Team, en el que participarán como expertos en la materia Mª Eugenia Gómez de la Flor García -Socia Directora de Gómez de la Flor Abogados-  y Fran Herrera Godoy, Director de Grandes Cuentas de Valora Prevención.El objetivo de dicha jornada es analizar las implicaciones legales del teletrabajo, sus consecuencias y las soluciones para una implantación efectiva en las empresas, además de conocer cuáles son los aspectos claves para combatir los riesgos del teletrabajo.La jornada es gratuita, puede dirigir su confirmación de asistencia indicando nombre, apellidos y empresa a; gomezdelaflor@gomezdelaflor.com...
LOS TRIBUNALES ESTÁN FALLANDO A FAVOR DE REDUCIR LOS ALQUILERES DE LOS AUTÓNOMOS

LOS TRIBUNALES ESTÁN FALLANDO A FAVOR DE REDUCIR LOS ALQUILERES DE LOS AUTÓNOMOS

✓¿Cómo se han posicionado los Tribunales con respecto a los pagos de los alquileres? Los Tribunales de varios territorios están fallando a favor de rebajar el alquiler de locales y oficinas de autónomos que presentan grandes caídas en la facturación a través de la cláusula “Rebus Sic Stantibus”. En algunos casos, se les reduce el 50% de la cuota o, incluso, se les exonera del pago por completo. Debido a la situación actual ocasionada por la COVID-19, “el alquiler del negocio no se puede mantener al mismo precio que cuando se pactó” por ambas partes, propietario e inquilino. ✓¿Cómo se solicita la rebaja del alquiler? Para poder solicitar la rebaja del alquiler de los locales y oficinas, se deberán justificar las pérdidas a causa de la crisis del Covid-19 presentando la siguiente documentación: Informe pericial donde indique cuál es la situación económica del negocio.Exponer los libros de contabilidad.Indicar las liquidaciones trimestrales de IVA.Informar si la empresa ha solicitado algún préstamo.Informar la situación de los empleados del negocio. Con esta documentación, se podrá demostrar cuánto ha descendido la facturación del local y en base a ese porcentaje, solicitar la baja del alquiler. ✓¿En qué sector está fallando más los Tribunales? Los autos de medidas cautelares que han fallado distintos Tribunales de primera instancia en los últimos meses pertenecen sobre todo al sector de la hostelería y van desde la reducción de la renta en un 50%, hasta la exoneración completa de la misma. ✓Ejemplos de sentencias reduciendo el pago del alquiler del local En la Comunidad Valenciana, el 25 de julio de 2020, un juzgado de primera instancia permitió a...
NUEVO CRITERIO DE LA PRESTACIÓN DE CESE DE ACTIVIDAD POR SUSPENSIÓN

NUEVO CRITERIO DE LA PRESTACIÓN DE CESE DE ACTIVIDAD POR SUSPENSIÓN

Con fecha 11 de noviembre, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha hecho pública una nueva nota aclaratoria (Criterio nº 10/2020) sobre derecho a la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19, anunciada en el Art.13.1 del Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre. ✓Antecedentes El artículo 13.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, establece que “A partir del 1 de octubre de 2020, los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención en la propagación del virus COVID-19, tendrán derecho a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria”. Las Comunidades Autónomas han adoptado diferentes medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19, como es, la suspensión parcial de la actividad de hostelería y restauración permitiendo que se pueda llevar a cabo el servicio de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo. Por ese motivo, en muchos casos, no se cumplía con el requisito de estar obligado al cierre total de las actividades, necesario para percibir la prestación. ✓¿Quiénes son los destinatarios para la percepción de la prestación de cese de actividad? Los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención...
REAL DECRETO-LEY 34/2020, DE 17 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL Y AL SECTOR ENERGÉTICO, Y EN MATERIA TRIBUTARIA

REAL DECRETO-LEY 34/2020, DE 17 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL Y AL SECTOR ENERGÉTICO, Y EN MATERIA TRIBUTARIA

Con fecha 19 de noviembre se publicó en el BOE Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. PINCHAR AQUÍ APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL ✓¿Hasta qué plazo vencen las operaciones de financiación a autónomos y empresas? Se extienden los plazos de vencimiento y de carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que han recibido aval público canalizado a través del Instituto de Crédito Oficial. Se extiende por un máximo de 3 años adicionales el plazo de vencimiento de los avales a solicitud del deudor, siempre y cuando se cumplan los requisitos y el vencimiento total de la operación avalada no supere los 8 años.Se permite aumentar en un máximo de 12 meses adicionales el plazo de carencia en la amortización del principal de las operaciones avaladas, a solicitud del deudor, siempre y cuando se cumplan los requisitos y teniendo en cuenta que el plazo total de carencia no supere los 24 meses.Las entidades de crédito mantendrán hasta el 30 de junio de 2021 los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los deudores que cumplan los requisitos.Para que el deudor pueda solicitar la aplicación de las medidas previstas, deberá cumplir:Que haya mediado solicitud del deudor no más tarde del 15 de mayo de 2021Que la operación avalada no esté en moraQue el deudor no figure en situación de morosidad ni esté sujeto a procedimiento concursalQue la entidad financiera no haya comunicado ningún impagoQue la financiación se haya formalizado antes del 18 de noviembre de 2020Que el deudor cumpla con los límites...
CONVOCATORIA DE LA LÍNEA DE FINANCIACIÓN «PRÉSTAMO PARTICIPATIVO PARA EL RELANZAMIENTO DE GRANDES INDUSTRIAS»

CONVOCATORIA DE LA LÍNEA DE FINANCIACIÓN «PRÉSTAMO PARTICIPATIVO PARA EL RELANZAMIENTO DE GRANDES INDUSTRIAS»

Con fecha 16 de noviembre se publicó en el DOGV la Convocatoria de 6 de noviembre de 2020 del director general del Institut Valencià de Finances, de la línea de financiación “Préstamos participativos para el relanzamiento de grandes industrias” PINCHA AQUÍ ✓Objeto de la Convocatoria El objeto de la convocatoria es el otorgamiento por parte de Fondo para la gestión de instrumentos financieros de la Comunitat Valenciana (FININVAL) de préstamos participativos para la financiación de proyectos de inversión y capital circulante acometidos por grandes empresas. ✓¿Qué proyectos serán beneficiarios de la financiación? Serán objeto de financiación los proyectos de inversión y las necesidades de capital circulante que reúnan alguna de las siguientes características: Sostenibilidad del ciclo de explotación, en supuestos de transformación del modelo de negocio o bien por la caída continuada de ventas o contención del ciclo productivo derivada del Covid-19.Proyectos empresariales de modernización de los procesos de producción y diversificación de la cartera de productos o el desarrollo de nuevas actividades industriales.Proyectos empresariales con impacto positivo en el empleo, preferentemente cualificado, y que promuevan la igualdad de oportunidades.Procesos de internacionalización y crecimiento del tamaño de la empresa.Actuaciones que permitan un incremento de la conectividad y la capacidad logística que favorezca la apertura de nuevos mercados. ✓ ¿Qué empresas serán beneficiarios de la financiación? Las empresas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos: Quedan excluidas las PYMEs.Destinado a grandes empresas privadas que lleven desarrollando actividad industrial productiva en la Comunitat Valenciana al menos 3 años.CNAE de la actividad principal 0811, 2370, o alguno de los previstos en la Sección C – Divisiones 10 a 32.Entidades con calificación crediticia superior o...