CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA EURODISEA PARA EL EJERCICIO 2024

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA EURODISEA PARA EL EJERCICIO 2024

Estimado/a Cliente/a,

En fecha 10 de septiembre se ha aprobado la Resolución de 3 de septiembre de 2024, por la que se publica la línea presupuestaria para la financiación de las subvenciones del programa Eurodisea para el ejercicio 2024, así como su convocatoria anual.

ENLACE DOGV

  • ¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El objeto de esta convocatoria es convocar la concesión de las subvenciones del programa Eurodisea para el año 2024, en concepto de subvención por concurrencia competitiva, dirigidas a empresas y entidades, públicas o privadas, de la Comunitat Valenciana, que tienen por finalidad la financiación de convenios de prácticas profesionales adecuadas al nivel de estudios con los participantes extranjeros, de entre 18 y 30 años, de las regiones activas del programa Eurodisea que hayan resultado seleccionados.

  • ¿Quiénes son las personas interesadas que se pueden acoger a la subvención?

Podrán solicitar la subvención las empresas y entidades públicas y privadas que estén legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes de la Comunitat Valenciana.

  • ¿Cuáles son los requisitos de las entidades y empresas?

Las entidades y empresas que deseen concurrir a las ayudas que se convocan deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Disponer de un centro de trabajo donde la persona candidata desempeñe su práctica, que deberá estar radicado en la Comunitat Valenciana.
  2. Tener un número de empleados mínimo de dos personas que facilite la interacción de la persona joven y la calidad de la práctica.
  3. Designar un supervisor que instruya, supervise y apoye técnicamente a la persona joven en el desarrollo de la práctica, identificándolo en el informe de oferta.
  4. Ofertar puestos cuyas tareas sean ajustadas al nivel de cualificación requerido según la denominación del puesto. Cada oferta debe llevar aparejada su propia solicitud, con un máximo de cuatro solicitudes. Las entidades y empresas públicas y privadas no podrán ofertar puestos que sean idénticos.
  5. No haber obtenido ayudas de minimis por importe igual o superior a 300.000 € en el ejercicio fiscal corriente y en los dos años anteriores, a partir de la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  6. No estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones públicas, conforme a los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  7. No ser entidad beneficiaria de ayudas o subvenciones de carácter público o privado en relación con la práctica ofertada.
  8. Disponer de un Plan de Igualdad aprobado, en el caso que le sea exigible a la entidad solicitante, con el fin de posibilitar la efectividad del derecho constitucional de igualdad de mujeres y hombres, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, de igualdad entre mujeres y hombres, y por el artículo 14 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • ¿Cuáles son las condiciones de la concesión de la subvención?

El modelo de convenio de prácticas será facilitado por el Servicio competente en materia de programas y proyectos europeos y se ajustará a lo establecido en la recomendación del Consejo de 10 de marzo de 2014 sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014).

La duración del convenio de prácticas podrá ser de hasta 6 meses.

La fecha de comienzo del periodo de prácticas profesionales será, previsiblemente, el dos de diciembre de 2024, con una duración máxima de 6 meses.

  • Se llevará a cabo un plan de control

De conformidad con lo establecido en el artículo 169 de la Ley 1/2015, se llevará a cabo un plan de control de la realización de la actividad objeto de esta convocatoria, que consistirá en:

  1. La comprobación y control de la documentación administrativa acreditativa de la formalización del convenio de prácticas.
  2. La realización del seguimiento de la actividad: encuestas y entrevistas a las personas jóvenes extranjeras, visitas sobre el terreno a las empresas e informes finales realizados por éstas y por las propias personas jóvenes.
  3. La comprobación y control de la documentación administrativa acreditativa de la justificación de los gastos laborales: nóminas y transferencias bancarias de los pagos, IRPF, Seguridad Social y contabilidad separada.
  4. El control de las actividades y de las ayudas pagadas se realizará sobre el 100 % de los expedientes.
  5. La verificación del cumplimiento de la normativa social y de los compromisos sociales, en materia de igualdad de oportunidades y de calidad laboral, que se hubieran establecido y de los compromisos asumidos por la persona beneficiaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del Decreto 118/2022.
  • ¿Cuál es el importe de la ayuda?

El importe de la subvención será de 1.356,39 euros mensuales por convenio de prácticas, lo que supone el 100% del coste total, que se dedicará a la financiación del convenio de prácticas por todos los conceptos (incluidos IRPF y Seguridad Social).

Siendo la duración máxima del convenio de 6 meses, la cuantía máxima de la subvención podrá alcanzar 8.138,34 euros.

  • ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 08 de octubre de 2024.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.                     

Gómez de la Flor Abogados & Consultores

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