En fecha 12 de julio se ha publicado en el DOGV el Decreto 92/2022, de 8 de Julio, del Consell, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas directas de apoyo a las personas trabajadoras autónomas, inscritas como tales en el Régimen Especial de Autónomos, que desarrollan su actividad en los subsectores que se han visto especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

ENLACE DOGV

  • ¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El objeto del presente decreto es aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas directas a personas trabajadores autónomas para paliar el incremento de los costes energéticos, derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante, RETA) y en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante, IAEs) relacionadas en el anexo del presente decreto, desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

  • ¿Quiénes son los beneficiarios de esta subvención?

Serán beneficiarias las personas físicas.

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias:

Aquellas personas solicitantes en las que concurre alguno de los restantes requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.

  • ¿Cuáles son los requisitos para optar a la subvención?
  1. Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
  2. Encontrarse en algún epígrafe del IAE relacionados en el anexo del presente decreto, desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
  3. Tener su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
  4. Que las personas solicitantes se hayan visto afectadas económicamente por el incremento de los costes energéticos derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, que se acreditará mediante una declaración responsable de las mismas, al menos por un importe igual o superior a 300 euros.

Razones de interés público que concurren en su concesión

Se considerarán gastos subvencionables el incremento de los costes energéticos que hayan soportado las personas beneficiarias durante el periodo de febrero a junio de 2022, con relación al mismo periodo en 2021, y cuya cantidad debe ser superior a 300 euros.

  • ¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La cuantía de la ayuda ascenderá a 300 euros por persona beneficiaria.

Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por estricto orden de entrada, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente decreto, hasta el límite del crédito presupuestario establecido en este decreto.

  • ¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 15 de julio de 2022 y finalizará a las 23:59 del día 22 de julio de 2022.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

Gómez de la Flor Abogados & Consultores