En fecha 15 de febrero, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.

  • ¿Cuánto se incrementa la cuantía del SMI?

El SMI para 2023 se incrementa en un 8% respecto de las previstas en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022.

Queda fijado en 15.120€ al año, lo que equivale a 36€ al día o 1.080€ al mes (en 14 pagas) o 1.260€ al mes (en 12 pagas), según el salario esté fijado por días o por meses.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

  • ¿Cuál es el SMI para los trabajadores temporeros o con contrato eventual?

Las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 percibirán, conjuntamente con el salario mínimo, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho toda persona trabajadora, correspondientes al salario de 30 días en cada una de ellas, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.

  • ¿Cuál es el SMI para las trabajadoras empleadas de hogar?

El salario mínimo de dichas empleadas y empleados de hogar será de 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.

  • ¿A cuánto asciende la base mínima de cotización a la seguridad social?

La base mínima de cotización a la Seguridad Social se incrementará para el 2023 en línea con el aumento del SMI, y por tanto quedará fijada en 1.260€ mensuales o 42€ al día.

  • Recargo de cotización para contratos temporales de duración inferior a 30 días

Como consecuencia de la subida del SMI, la cotización adicional que establece la normativa de Seguridad Social para los contratos de duración determinada por tiempo inferior a 30 días asciende a 29,73€ durante 2023.

  • ¿Cuándo entrará en vigor?

El Salario Mínimo Interprofesional surte efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2023.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

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