SUBIDA DEL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL

SUBIDA DEL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL

El Ministerio de Trabajo y Economía Social y los responsables de las organizaciones sindicales CCOO y UGT han alcanzado un acuerdo para incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2021.

  • ¿Cuándo se aplicará la subida del Salario Mínimo Interprofesional?

La subida acordada, por un importe de 15 euros mensuales (en torno al 1,6%) se aplicará desde el 1 de septiembre de 2021.

El acuerdo actual establece un salario de 965 euros brutos al mes en 14 pagas.

  • ¿Cuál es el objetivo de dicha subida?

El objetivo de este incremento es que se produzca una progresiva revisión del SMI tanto en 2022 como en 2023 y que éste alcance el 60% del salario medio antes de fin de legislatura.

  • ¿Qué efectos produce el aumento del SMI?

El SMI supone una garantía de protección a las rentas del trabajo de las personas trabajadoras más vulnerables y actúa como un importante factor de equidad además de ser una herramienta fundamental para luchar contra la pobreza laboral.

Al subir el SMI, sube la base de cotización mínima, y como consecuencia, también lo hace la cuota de autónomos.

La subida no supone la misma cuantía para todos los autónomos, depende de la base de cotización de cada uno. No obstante, un autónomo que tenga establecida la base mínima, es decir, 944,40 euros al mes, tendrá que pagar 289 euros. Mientras que un autónomo con la base máxima, 4.070,10 euros la cuota será de 1.245 euros.

Así se aumentan las cuotas. De un 30,3% a un 30,6%, con la subida de 1,1% a 1,3% por contingencias profesionales. Además de la cuota por cese de actividad, que subirá de 0,8% a 0,9%.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

Gómez de la Flor Abogados & Consultores

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