El pasado miércoles 19 de febrero el BOE publicó el Real Decreto-ley que deroga el artículo ’52.d’ del Estatuto de los Trabajadores que permitía a los empresarios el despido objetivo de un trabajador por acumular faltas de asistencia aunque estén justificadas. Ahora el Gobierno tiene un mes de margen desde su publicación para convalidar la nueva ley en el Parlamento.

La ministra ha afirmado que el trámite se ha realizado por la vía de la urgencia porque “es el canal jurídico es el necesario”, y que no tiene efecto retroactivo sobre los despidos que se hayan podido dar en los últimos meses sobre esta cuestión.

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