Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial para el ejercicio 2022 (CMMOPY). Comercio.
El objeto de las ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes.
Las ayudas deberán ir destinadas a financiar las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para establecimientos comerciales de la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
2. Empresas que ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:
– CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
– IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6, Agrupaciones:
. Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
. Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655
Requisitos
- Estar legalmente constituidas.
- No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y no haber sido sancionada por resolución administrativa firme.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- No ser deudora por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones.
Cuantía e Inversiones
La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar el 75% de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento en un período de tres años.
Estas inversiones se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc. Sólo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.
Se considerarán aquellas inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.
Solo se considerarán aquellas inversiones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2022.
Fecha de presentación
Desde el 23 de Junio de 2022 hasta el día 8 de Julio de 2022.
En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor Abogados pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.
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