En fecha 20 de febrero, se ha publicado en el BOE la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
- ¿Cuál es la finalidad de la Ley?
La Ley tiene la finalidad de proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.
La Ley también persigue expresamente el fortalecimiento de la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de las organizaciones y el fomento de esa cultura de comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.
- ¿Qué empresas están obligadas a tener un canal de denuncias?
Estarán obligadas a disponer de un sistema interno de información:
- Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados 50 o más trabajadores.
- Las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente, con independencia del número de trabajadores con que cuenten.
- Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
- ¿Quiénes pueden ser los denunciantes?
Los denunciantes protegidos por la Ley son las personas empleadas de la empresa, los trabajadores en prácticas o formación, accionistas, miembros de los órganos de administración, dirección, supervisión, exempleados, así como cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión de contratistas, subcontratistas y empresas proveedoras.
- ¿Las denuncias son anónimas?
Las denuncias serán anónimas, verbales o escritas.
Se debe garantizar el cumplimiento estricto de la legislación en materia de protección de datos personales y queda prohibida toda forma de represalia para la persona denunciante.
La protección de las personas informantes frente a represalias se extiende a un periodo de 2 años, periodo que podría ser extendido en determinadas situaciones excepcionales.
- ¿Qué debe llevar el canal de denuncias?
La Ley exige que las entidades faciliten la información adecuada de forma clara y fácilmente accesible, sobre el uso de todo canal interno de información que hayan implantado, así como sobre los principios esenciales del procedimiento de gestión y que, en caso de contar con una página web, hagan constar dicha información en la página de inicio, en una sección separada y fácilmente identificable.
Asimismo, las entidades deben designar un responsable del sistema interno de información que pueda ser una persona u órgano colegiado.
- ¿Cuál es el plazo para establecer el canal de denuncias?
Las empresas tendrán que implementar el canal de denuncias y gestionar todas las comunicaciones que reciben por esa vía.
Antes del 13 de junio de 2023 para:
- Las entidades del sector público salvo los municipios de menos de 10.000 habitantes.
- Las entidades jurídicas del sector privado de 250 o más personas trabajadoras.
- Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
Antes del 1 de diciembre de 2023 para:
- Las entidades jurídicas del sector privado de entre 50 y 249 personas trabajadoras.
- Los municipios de menos de 10.000 habitantes.
En el caso de que requieran asesoramiento o contratar nuestro servicio al respecto GÓMEZ DE LA FLOR ABOGADOS & CONSULTORES pone a su disposición el equipo jurídico y los medios necesarios del que disponen. Pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.
Gómez de la Flor Abogados & Consultores
Comentarios recientes