En fecha 11 de marzo, la Diputación Provincial de Valencia ha publicado en el BOP la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la provincia, destinadas a desarrollar actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género 2024.
- ¿Cuál es el objeto de la convocatoria?
La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas, que tengan domicilio social y actúen en la provincia de Valencia, destinadas al desarrollo de actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género, durante 2024.
- ¿Cuáles son los requisitos para optar a la subvención?
Para obtener la condición de beneficiarias en la presente convocatoria, las entidades interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituida, con los Estatutos adaptados a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, del Derecho de Asociación o a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, e inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones o Fundaciones a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
- Carecer de ánimo de lucro de forma expresa y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas. No podrán ser beneficiarias las entidades de interés económico en la que los ingresos sean considerados de sus socios o participantes y repartidos entre ellos.
- En el caso de organizaciones mixtas, deberá contar con presencia equilibrada o paritaria de las mujeres en los órganos de dirección.
- Figurar en sus Estatutos como fines institucionales la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la inclusión de las mujeres en la sociedad, o la erradicación de la violencia de género.
- Tener domicilio social y representación permanente en la provincia de Valencia y realizar las actividades y la gestión de las actuaciones objeto de la convocatoria de forma estable y continua en el ámbito territorial de la misma.
- Disponer de una estructura suficiente en la provincia de Valencia, con las instalaciones y los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo los programas o proyectos objeto de la convocatoria, acreditando la experiencia y capacidad operativa para ello.
- Que el proyecto o actividad presentada tenga impacto íntegro en la provincia de Valencia.
- ¿Quiénes son los beneficiarios de la subvención?
Podrán acogerse a estas ayudas las asociaciones, fundaciones, federaciones o agrupaciones de las mismas, que tengan domicilio social y actúen en la provincia de Valencia, destinadas al desarrollo de actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o en contra de la violencia de género.
- ¿Cuáles son los beneficiarios excluidos para la subvención?
No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que contengan duplicidades de sedes sociales, órganos rectores, objeto de la entidad, población a atender o infraestructura física, respecto de otras entidades que ya hubiesen presentado solicitud en esta convocatoria.
Asimismo, tampoco podrán acceder a la convocatoria las entidades integradas en una federación si esta última hubiese presentado solicitud en la misma.
- ¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
El importe máximo subvencionable a cada entidad beneficiaria no podrá superar los 15.000 € o la cuantía solicitada cuando ésta sea inferior a dicho importe.
- ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de solicitud finaliza el 15 de abril de 2024.
En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.
Gómez de la Flor Abogados & Consultores
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