INFORMACIÓN PARA CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR ERTE EN 2020 DE CARA A LA CAMPAÑA DE RENTA 2020

INFORMACIÓN PARA CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR ERTE EN 2020 DE CARA A LA CAMPAÑA DE RENTA 2020

Desde hoy la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de obtener anticipadamente el número de referencia así como otros servicios para la presentación de la renta iniciándose la campaña el 7 de abril y que se extenderá hasta el 30 de junio Al objeto de facilitar la posterior presentación de la declaración, la Agencia Tributaria ofrece una serie de recomendaciones e información explicativa para un colectivo específico, como es el de los cerca de 3.500.000 contribuyentes que el pasado año fueron perceptores de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber estado inmersos en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE). DOCUMENTO INFORMATIVO...
CAMBIO DE BASES DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

CAMBIO DE BASES DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Tal y como se indicó en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia, conocido como autónomos, se modifican las bases máximas y mínimas de cotización. Con carácter general, la base máxima de cotización es de 4.070,10 euros mensuales. La base mínima de cotización es de 944,40 euros mensuales. Cambio de cotización según la edad Los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar su base de cotización hasta 4 veces al año en función de la edad. Esto significa que los autónomos tienen hasta cuatro oportunidades anuales de subir o bajar la cuota que pagan a la Seguridad Social para, así, adaptarla a su realidad económica. No obstante, estas modificaciones están sujetas a determinados periodos y, en función del momento en que el trabajador por cuenta propia solicite el cambio, surtirá efecto en una u otra fecha. La base de cotización de los trabajadores autónomos que, el día 1 de enero de 2021 tuvieran una edad inferior a 47 años, será la elegida por ellos dentro de las bases máxima y mínima fijadas. Es decir, antes de los 47 años existe total libertad para cambiar la base.Si se tiene más de esas edades en el 2021, se podrá modificar con total libertad siempre que su base de cotización en el mes de diciembre de 2020 haya sido igual o superior a 2.052,00 euros mensuales, o que causen alta en este régimen especial con posterioridad a la citada fecha. En otro caso su base máxima de cotización será de...
REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19

REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19

Con fecha 13 de marzo de 2021 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19 PINCHA AQUÍ LÍNEA COVID DE AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS ¿Cuál es la finalidad de la línea Covid? Se crea la Línea Covid de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado. La finalidad de dicha línea Covid es la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. En primer lugar, se deberán satisfacer los pagos a proveedores, por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción de la deuda con aval público. ¿Quiénes son los destinatarios de estas ayudas? Los destinatarios de las ayudas serán os siguientes: Empresarios, profesionales y entidades adscritas a los sectores más afectados por la pandemia, cuyo volumen de operaciones en 2020 haya caído más de un 30 % con respecto a 2019.Empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF adscritos a los sectores más afectados por la pandemia.En el caso de grupos consolidados que tributen en el IS en el régimen de tributación consolidada, se entenderá como destinatario el citado grupo como un contribuyente único (el volumen de...
COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. EXISTIRÁN HASTA 13 BASES DE COTIZACIÓN DIFERENTES

COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. EXISTIRÁN HASTA 13 BASES DE COTIZACIÓN DIFERENTES

El Ejecutivo está trabajando junto con agentes sociales y las organizaciones de trabajadores por cuenta propia para que los trabajadores autónomos puedan elegir entre 13 bases de cotización provisionales a la Seguridad Social en función de su previsión de rendimientos netos. El Ejecutivo sigue manteniendo la idea presentada en noviembre de 2020 de que los autónomos podrán cambiar de base de cotización trimestralmente para ajustarla a sus rendimientos. ¿En qué consiste el nuevo sistema? El nuevo sistema consiste en un sistema de cotización en el que los trabajadores autónomos van a poder elegir su base de cotización dentro de unos tramos en función de los ingresos que vayan a tener. Los trabajadores autónomos que ingresan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) serán los más beneficiados de este sistema de cotización por ingresos reales. Se les aplicaría un primer tramo para aquellos autónomos que obtienen beneficios en el año por debajo del 50% del SMI para quienes se aplicaría una cuota del 30% de la actual base mínima de cotización, en 288 euros al mes. El grupo que se encuentra percibiendo ingresos entre el 50% del SMI (6.300 euros) y los 12.600 euros se les aplicaría una cuantía equivalente al 60% de la actual base mínima de cotización. El presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Eduardo Abad, ha pedido que en este nuevo sistema los autónomos que tengan rendimientos entre el SMI y 25.000 euros puedan seguir eligiendo libremente su cotización entre la base mínima y la máxima. ¿Que deberán hacer los autónomos? Se seguirá dando la posibilidad a los autónomos de modificar cada 3...
AYUDAS PARA FINANCIAR LOS COSTES FIJOS DE INCLUSIÓN EN RETA DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS 2021

AYUDAS PARA FINANCIAR LOS COSTES FIJOS DE INCLUSIÓN EN RETA DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS 2021

Con fecha 10 de marzo de 2021 se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se convocan ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de las personas trabajadoras autónomas empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana con población inferior a 5.000 habitantes, dentro del Programa de fomento del trabajo autónomo en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2021  PINCHA AQUÍ ¿Cuál es el objeto de la resolución? Convocar para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para financiar los costes fijos de inclusión en el RETA, de las personas trabajadoras autónomas empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana con población inferior a 5.000 habitantes que, dentro del año 2021, hayan cotizado o estén en condiciones de cotizar al menos 3 años y hasta un máximo de 5 años ininterrumpidamente. ¿Quiénes son las personas beneficiarias de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana, que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena. También será de aplicación a los trabajos, realizados de forma habitual, en el territorio de la Comunitat Valenciana, por familiares de las personas trabajadoras autónomas que no tengan la condición de personas trabajadoras por cuenta ajena. ¿Qué requisitos se establecen para poder...
ACTUALIZADAS FIESTAS LOCALES, RETRIBUIDAS Y NO RECUPERABLES EN LA COMUNIDAD VALENCIANA, AÑO 2021

ACTUALIZADAS FIESTAS LOCALES, RETRIBUIDAS Y NO RECUPERABLES EN LA COMUNIDAD VALENCIANA, AÑO 2021

Con fecha 04 de marzo de 2021 se publica la Resolución de 3 de marzo de 2021, del conseller de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2020, del conseller de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, por la que se aprobó el calendario de fiestas locales, retribuidas y no recuperables en el ámbito de la Comunitat Valenciana, para el año 2021PINCHA AQUÍ En la Resolución de 23 de diciembre de 2020  se especificaba que algunas corporaciones locales aún no habían comunicado a la Conselleria el acuerdo del pleno para la determinación de las correspondiente festividades locales en sus municipios para 2021, por lo que en el anexo de la Resolución apareció la expresión «sin determinar». A esta fecha, un número importante de Ayuntamientos han comunicado a la autoridad laboral el acuerdo del pleno de la corporación sobre la determinación concreta de las dos festividades locales para 2021. Fiestas locales en la provincia de Alicante LOCALIDADES PROVINCIA ALICANTEATZÚBIA, L: 12 de abril, lunes y 7 de septiembre, martes.AGOST: 10 de marzo, miércoles, día de la Vella; 5 de julio, lunes, fiestas en honor de San Pedro Apóstol.AGRES: : 7 de diciembre, martes y 6 de septiembre, lunes, día de Acción de Gracia.AIGÜES: 26 y 27 de agosto, jueves y viernes.ALICANTE: 15 de abril, jueves, Festividad de Santa Faz; 23 de junio, miércoles, Festividad de San Juan.ALBATERA: 12 de abril, lunes, día de San Vicente Ferrer; 7 de octubre, jueves, día de la Virgen del Rosario.ALCALALÍ: 25 de junio, viernes; 7 de diciembre, martes.ALCOCER DE...