Sanidad ha activado en la plataforma de la Generalitat Valenciana una solicitud para conseguir el parte de baja y alta por Covid-19.

  • ¿Qué condiciones se deben dar para la obtención del parte de baja? 
  1. Tener un resultado positivo por Covid recogido en el sistema de información de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública. Los partes de baja relacionados con las pruebas realizadas tanto en el sistema público valenciano (atención primaria, consultas o servicios hospitalarios) como en los laboratorios acreditados o en las oficinas de farmacia estarán disponibles al día siguiente del informe del resultado. Si Ud ha sido diagnosticado hoy, podrá tramitar su baja laboral a partir de mañana. Los test de antígenos de autodiagnóstico realizados en su domicilio deberán confirmarse en alguno de los dispositivos descritos anteriormente, en caso contrario no podrá tramitar su baja laboral.
  2. Condiciones de intervalo de tiempo entre la solicitud y el resultado de la prueba. Se fija en 5 días desde la fecha de emisión del resultado de la prueba.
  3. Condiciones de aseguramiento y mutualidades. Si es usted mutualista no le corresponde acceder por esta vía.
  • ¿Cómo se puede solicitar la baja laboral? 

Desde el siguiente enlace de la Generalitat Valenciana https://coronavirus.san.gva.es/es/solicitud-baja-laboral se puede solicitar el parte de baja y alta por Covid-19.

Primero se deberá rellenar el “formulario de solicitud del parte de baja laboral por covid” donde se deberán introducir los datos requeridos y tras validar, debe verificar los 3 últimos dígitos del teléfono móvil. Si es correcto el teléfono móvil, se introduce el código de confirmación que le habrá llegado por SMS. En ese momento se le da opción de solicitar la baja.

El Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) comunicará directamente a la empresa su baja laboral.

Una vez haya tramitado la petición de la solicitud de baja a través del formulario, puede descargarse los comunicados en el portal de Historia de Salud Electrónica (HSE), pasadas 24 horas desde la solicitud, clicando en el siguiente  https://pasarela.clave.gob.es/Proxy2/ServiceProvider . Accederá a través de la pasarela Cl@ve. Es necesario disponer de certificado digital o Cl@ve.

Cuando acceda a su Historia debe seleccionar el menú Informes HSE y a continuación Incapacidad Temporal.

  • ¿Por qué se ha optado por esta medida?

Esta medida se adopta debido a que la altísima incidencia acumulada está repercutiendo en las plantillas de trabajadores de las empresas. La Conselleria de Sanidad permite así que las altas de los empleados contagiados por Covid-19 sean automáticas para reducir la carga de trabajo que están asumiendo los profesionales de atención primaria ante la altísima incidencia de la sexta ola.

En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.

Gómez de la Flor Abogados & Consultores