PROYECTOS INTEGRALES DE EMPLEO PERSONAS DESEMPLEADAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL – Ampliación del plazo

PROYECTOS INTEGRALES DE EMPLEO PERSONAS DESEMPLEADAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL – Ampliación del plazo

Con fecha 02 de febrero de 2022 se ha publicado en el DOGV la Resolución de 31 de enero de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones convocadas por la Resolución de 23 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a personas desempleadas con diversidad funcional (CID 346) ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la presente resolución?  Promover el desarrollo de proyectos integrales de empleo, a través de la realización de itinerarios individualizados y personalizados de empleo dirigidos a colectivos vulnerables, personas con diversidad funcional, incluidas las personas con patología mental, inscritas como desempleadas en los Espai Labora de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de favorecer su empleabilidad, mediante acciones de información, orientación, formación y acompañamiento, u otros procedimientos, proporcionándoles las herramientas necesarias para la realización de una búsqueda activa de empleo, de manera autónoma, así como la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo por las personas a orientar en las acciones e itinerarios previstos en la presente resolución. ¿Quiénes son los beneficiarios de la subvención?  Las entidades privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que tengan instalaciones y locales ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana. ¿Qué obligaciones tienen las entidades beneficiarias para poder optar a la subvención?  Son obligaciones de las entidades beneficiarias, las siguientes: Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.Las entidades beneficiarias estarán obligadas a realizar proyectos integrales de empleo con personas con diversidad funcional y...
SOLICITUD BAJA LABORAL POR COVID-19

SOLICITUD BAJA LABORAL POR COVID-19

Sanidad ha activado en la plataforma de la Generalitat Valenciana una solicitud para conseguir el parte de baja y alta por Covid-19. ¿Qué condiciones se deben dar para la obtención del parte de baja?  Tener un resultado positivo por Covid recogido en el sistema de información de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública. Los partes de baja relacionados con las pruebas realizadas tanto en el sistema público valenciano (atención primaria, consultas o servicios hospitalarios) como en los laboratorios acreditados o en las oficinas de farmacia estarán disponibles al día siguiente del informe del resultado. Si Ud ha sido diagnosticado hoy, podrá tramitar su baja laboral a partir de mañana. Los test de antígenos de autodiagnóstico realizados en su domicilio deberán confirmarse en alguno de los dispositivos descritos anteriormente, en caso contrario no podrá tramitar su baja laboral.Condiciones de intervalo de tiempo entre la solicitud y el resultado de la prueba. Se fija en 5 días desde la fecha de emisión del resultado de la prueba.Condiciones de aseguramiento y mutualidades. Si es usted mutualista no le corresponde acceder por esta vía. ¿Cómo se puede solicitar la baja laboral?  Desde el siguiente enlace de la Generalitat Valenciana https://coronavirus.san.gva.es/es/solicitud-baja-laboral se puede solicitar el parte de baja y alta por Covid-19. Primero se deberá rellenar el “formulario de solicitud del parte de baja laboral por covid” donde se deberán introducir los datos requeridos y tras validar, debe verificar los 3 últimos dígitos del teléfono móvil. Si es correcto el teléfono móvil, se introduce el código de confirmación que le habrá llegado por SMS. En ese momento se le da opción de...
MESA DE DIÁLOGO SOBRE EL PLAN DE RECUPERACIÓN

MESA DE DIÁLOGO SOBRE EL PLAN DE RECUPERACIÓN

A continuación, indicamos los últimos avances en el Plan de Recuperación: reformas e inversiones. Argumentan la aprobación en cortes generales sobre la Ley de PGE 2022, la ley de garantia del poder adquisitivo de las pensiones y la ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Igualmente, comentan sobre la reforma laboral, la ley orgánica de formación profesional y diferentes proyectos aprobados por el consejo de ministros. ENLACE PDF MESA DE DIÁLOGO SOBRE EL PLAN DE...
REFORMA LABORAL 2021

REFORMA LABORAL 2021

En fecha 30 de diciembre de 2021 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. PINCHA AQUÍ PARA ACCEDER AL BOE ¿Qué objetivos tiene la nueva reforma laboral?  Los principales objetivos de la reforma laboral son las siguientes: Simplificación de los contratos y reducción de la tasa de temporalidad.Negociación colectiva, tales como la ultraactividad de convenios y la relación entre convenios sectoriales y de empresa.Contratación y subcontratación de las empresasNuevo mecanismo de flexibilidad interna, estabilidad en el empleo y apoyo a la transición. ¿Qué novedades incluye el acuerdo de la reforma laboral?  Entre las novedades que son analizadas en la reforma laboral cabe destacar las que afectan a la ultraactividad, la contratación y los ERTE. Se modifican las modalidades de contratación. CONTRATOS FORMATIVOS Se modifica el art. 11 ET, estableciéndose un contrato formativo con dos modalidades: Formación en alternancia: Busca adquirir la competencia profesional adecuada correspondiente a un determinado nivel de estudios (FP, universidad o catálogo de cualificaciones profesionales del Sistema Nacional de Empleo) La duración del contrato será la prevista en el correspondiente plan o programa formativo, con un mínimo de tres meses y un máximo de dos añosFormación para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios. Podrán celebrarse hasta un máximo de 3 (o 5 años en el caso de personas con discapacidad) después de obtenida la certificación. La duración de este contrato no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de un...
MERCADO DE TRABAJO – RANDSTAD RESEARCH – 3º TRIMESTRE 2021

MERCADO DE TRABAJO – RANDSTAD RESEARCH – 3º TRIMESTRE 2021

Randstad Research ha elaborado un análisis en profundidad en 50 titulares con la información coyuntural más relevante sobre el mercado de trabajo español. A lo largo del informe se analizarán, entre otros, los datos de empleo, datos de la EPA, registros (afiliación, paro, contratos y ERTE) y trabajo temporal, correspondientes a los datos del tercer trimestre de 2021....
NUEVAS MEDIDAS COVID-19. AMPLIACIÓN DEL CERTIFICADO DE VACUNACIÓN

NUEVAS MEDIDAS COVID-19. AMPLIACIÓN DEL CERTIFICADO DE VACUNACIÓN

En fecha 23 de diciembre de 2021 se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se publica la Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se prorroga y se amplía la Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública respecto del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19. RESOLUCIÓN, PINCHA AQUÍ ¿Qué novedades incluye esta resolución?   Se suprime el mínimo de 50 personas de aforo respecto del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de forma que el certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación covid-19, se exigirá siempre en los establecimientos que ordena la Resolución de 25 de noviembre de 2021. ¿En qué establecimientos exigen la presentación del certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación Covid-19?   La exigencia de presentación de certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación Covid-19, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, se requiere para el acceso de las personas mayores de 12 años, incluida esta edad, al interior de los siguientes establecimientos, donde es necesario el uso de la mascarilla. Lugares cerrados y abiertos donde se preste servicio de comida o bebida, por empresa de negocio (catering, self-service…) o por empresa de hostelería y restauración que...