OBLIGACIÓN REGISTRO RETRIBUTIVO

OBLIGACIÓN REGISTRO RETRIBUTIVO

Le recordamos que todas las empresas, con independencia del número de trabajadores y el sector de actividad en el que estén encuadradas, deben disponer de un registro retributivo según el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. Desde comienzo del 2022 hay que actualizar el registro retributivo para incluir los detalles salariales del 2021. Obligación del registro retributivo Todas las empresas, independientemente del número de empleados que tengan a su cargo, deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos. Este registro tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas, al margen de su tamaño, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados. Este registro anual debe reflejar las posibles diferencias salariales existentes entre hombres y mujeres, cobrando especial relevancia si tales diferencias alcanzan un diferencial porcentual del 25%. El registro retributivo tiene que determinar unos datos desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales o cualquier otro sistema de clasificación de aplicación en la empresa. Debe indicarse la media aritmética y la mediana de la retribución de los conceptos que conforman el sistema retributivo de la empresa, esto es, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando en todo momento la diferenciación de cada percepción. El periodo...
AYUDAS Y SUBVENCIONES DE FOMENTO DE LA OCUPACIÓN 2022

AYUDAS Y SUBVENCIONES DE FOMENTO DE LA OCUPACIÓN 2022

EAUTOP 2022 programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad – emprendimiento y microempresas «, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y ResilienciaAYUDAS PARA PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS (EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS) INTERESADOSCARACTERÍSTICASIMPORTE DE LA AYUDAPLAZO DE PRESENTACIÓNCONTACTO  Las personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia, incluyendo a los miembros de sociedades civiles y de comunidades de bienes  – Haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2022   – Mantener la inscripción en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad     – Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud– El importe de la subvención ascenderá a 5.000 euros a tanto alzado por persona beneficiaria   -Desarrollar la actividad en alguno de los municipios destinatarios en 2021 del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento de los municipios de la Comunitat Valenciana  – El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día 25 de enero de 2022 y finalizará el 31 de octubre de 2022      – Labora     ECOGJU 2022 Subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas (Avalem Joves) en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil INTERESADOSCARACTERÍSTICASIMPORTE DE LA AYUDAPLAZO DE PRESENTACIÓNCONTACTO  Empresas, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana quedando excluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las sociedades civiles o las comunidades de bienes  – Contratación indefinida...
AYUDA CONTRATACIÓN JÓVENES INSCRITOS EN PICE 2022

AYUDA CONTRATACIÓN JÓVENES INSCRITOS EN PICE 2022

Se ha publicado la Convocatoria de Ayudas Económicas destinadas al fomento del empleo de 2022 en el Diari Oficial de la Generalitat nº 9320. Enlace Convocatoria ¿Cuál es el objeto de la convocatoria?  El objeto de esta convocatoria es establecer el régimen de las subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo a través de ayudas a las empresas para la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, así como a apoyar el desarrollo de nuevas actividades empresariales y/o profesionales llevadas a cabo por los jóvenes beneficiarios de dicho Sistema Nacional de Garantía Juvenil. ¿Cuáles son las ventajas para la empresa? Las empresas al contratar una persona inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil tendrán las siguientes ventajas: Ahorro en la formación porque el joven realiza en el programa una formación ajustada a la demanda de la empresa.Ahorro en los procesos de selección porque te ayudamos en la selección, incorporando a los jóvenes con competencias específicas en los puestos que oferta la empresa. ¿Cómo se inscriben los jóvenes en PICE (Programa integral de cualificación y empleo)? PICE es un Programa que responde a las iniciativas impulsadas para la inserción de jóvenes en el mundo laboral con distintos planes: plan de movilidad y plan de capacitación. Los jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil estarán incursos en PICE. Para solicitar la incorporación en este Programa deben acudir a la Cámara más cercana. Acciones subvencionables La empresa que quiera beneficiarse de esta ayuda deberá contratar a una persona inscrita...
OBLIGATORIEDAD USO DE MASCARILLAS

OBLIGATORIEDAD USO DE MASCARILLAS

En fecha 19 de abril de 2022, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. ENLACE BOE ¿Dónde será obligatorio el uso de mascarillas?  La obligación del uso de mascarillas, hasta ahora regulada en el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se ha modificado. Las personas de 6 años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos: En los centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes. La obligación contenida no será exigible en los siguientes supuestos: A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.En el caso...
AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS Y MERCANCIAS DE EMPRESAS PRIVADAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA

AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS Y MERCANCIAS DE EMPRESAS PRIVADAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA

En fecha 31 de marzo de 2022, se ha publicado en el DOGV la Orden 2/2022, de 28 de marzo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se convocan ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. ENLACE DOGV ¿Quiénes serán los beneficiarios de estas ayudas?  Serán destinatarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan su residencia fiscal en la Comunitat Valenciana, que sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor: Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MDPE.Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MPCE.Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima a fecha de aprobación del Real decreto 983/2021, de 16 de noviembre Serán igualmente destinatarias las personas jurídicas privadas que presten el servicio público de transporte urbano en autobús, y estuvieran exentas de la obtención de...