APOYO A EMPRESAS ESTRATÉGICAS AFECTADAS POR LA COVID-19

APOYO A EMPRESAS ESTRATÉGICAS AFECTADAS POR LA COVID-19

En fecha 19 de mayo se ha publicado en el DOGV la Resolución de 7 de mayo de 2022, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se dispone la publicación de la convocatoria de la línea de Financiación del Fondo Valenciano de Resiliencia – FININVAL “Apoyo a empresas estratégicas afectadas por la Covid-19” (DOGV núm. 9342, 18/05/2022). ENLACE DOGV ¿Cuál es el objeto de la convocatoria? El objeto de esta línea es el otorgamiento de financiación en forma de préstamos ordinarios, subordinados o participativos a sociedades mercantiles de carácter estratégico en situación de debilidad financiera. La línea de financiación cuenta con un presupuesto de 21,5 millones de euros. ¿Quiénes son los beneficiarios de esta financiación? Podrán ser beneficiarias de la financiación las empresas de naturaleza privada que: Tengan su sede comercial o establecimiento de actividad productiva en la Comunitat Valenciana.Operen en los sectores del ocio, la hostelería, la restauración, el transporte y la industria en general (con códigos CNAE-2009 10 a 33; 49 a 53; 55; 56 y 93).Acrediten debidamente su carácter estratégico. A estos efectos, se considerarán estratégicas aquellas que:sean tractoras o transversales para el conjunto de sectores de actividadrepresenten un porcentaje elevado de la actividad económica y el empleo en una demarcación geográfica concretaincorporen al proceso de producción activos intangibles no reemplazables a corto plazo En ningún caso serán financiables los siguientes sectores de actividad: La fabricación de armamento, armas y munición, el material o las infraestructuras militares o policiales y el material o las infraestructuras destinados a limitar los derechos individuales o la libertad de las personas (es decir, cárceles y centros...
OBLIGACIÓN REGISTRO RETRIBUTIVO

OBLIGACIÓN REGISTRO RETRIBUTIVO

Le recordamos que todas las empresas, con independencia del número de trabajadores y el sector de actividad en el que estén encuadradas, deben disponer de un registro retributivo según el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. Desde comienzo del 2022 hay que actualizar el registro retributivo para incluir los detalles salariales del 2021. Obligación del registro retributivo Todas las empresas, independientemente del número de empleados que tengan a su cargo, deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos. Este registro tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas, al margen de su tamaño, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados. Este registro anual debe reflejar las posibles diferencias salariales existentes entre hombres y mujeres, cobrando especial relevancia si tales diferencias alcanzan un diferencial porcentual del 25%. El registro retributivo tiene que determinar unos datos desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales o cualquier otro sistema de clasificación de aplicación en la empresa. Debe indicarse la media aritmética y la mediana de la retribución de los conceptos que conforman el sistema retributivo de la empresa, esto es, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando en todo momento la diferenciación de cada percepción. El periodo...