MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)

MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)

¿Qué es el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)? El MEI es una nueva cotización adicional, que servirá para nutrir el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, con el fin de preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del Sistema de la Seguridad Social en el largo plazo. ¿En qué consiste el Mecanismo de Equidad Intergeneracional? Consiste en incrementar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social a través de una aportación extra en la cotización mensual de los trabajadores con el fin de poder hacer frente al pago de las pensiones en los próximos años.La cotización por MEI será de 0,6 puntos porcentuales sobre la base de cotización de contingencias comunes, siguiendo la estructura actual de distribución entre empresa y trabajador: 0,5% a cargo de la empresa. 0,1% a cargo del trabajador (a retener sobre pagos de prestaciones) ¿Qué tiene que hacer la empresa? Las empresas deberán comunicar a sus trabajadores la aplicación de este nuevo impuesto. La aplicación del MEI no afecta a los trabajadores por cuenta propia. ¿Cómo influye en la empresa y en el trabajador? La nueva cuota sustituye al antiguo factor de Sostenibilidad de la reforma del sistema de pensiones de 2013 y se aplicará en el apartado de contingencias comunes, por el que las empresas pagaban en 2022 un 23,6% y el trabajador, un 4,7%. A partir de 2023, con la entrada en vigor de este mecanismo, las empresas pagarán el 24,1% y los trabajadores, el 4,8%. En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden...
MODIFICACIÓN DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL

MODIFICACIÓN DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL

En fecha 5 de enero, se ha publicado en el BOE, el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. ENLACE BOE ¿Cómo se comunicarán los partes de IT a las empresas? Los servicios públicos de salud prescinden de la entrega a la persona trabajadora de la copia en papel del parte médico destinado a la empresa. El Instituto Nacional de la Seguridad Social es el encargado de que, por vía telemática, comunique a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta de los trabajadores emitidos por los facultativos del servicio público de salud o de la mutua. Esta comunicación deberá efectuarse, como máximo, en el primer día hábil siguiente al de la recepción de estos datos. Los partes de baja y de confirmación de la baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el médico que los emite ya sea el facultativo del servicio público de salud, o de la empresa colaboradora o de la mutua. Se introduce la posibilidad de que, el facultativo pueda fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al indicado en cada caso. ¿Continua la obligación de comunicar los partes de IT al INSS por parte de la empresa? Se prevé la obligación por parte de las empresas de transmitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social...
INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL 2023

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL 2023

En fecha 11 de enero, se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. ENLACE BOE ¿Cuál es el objetivo de esta real decreto-ley? En el marco de las políticas activas de empleo (PAE), este real decreto-ley tiene como objetivo general mejorar la calidad en el empleo, su creación neta y su mantenimiento y promocionar la contratación de las personas desempleadas, haciendo foco en las más vulnerables o con bajo potencial de empleabilidad; contribuir al mantenimiento y a la mejora de la calidad del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas; así como fomentar la creación de empleo en el ámbito de la economía social. Son objetivos específicos:  El impulso prioritario de la contratación indefinida y el mantenimiento del empleo estable y de calidad de las personas y colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad, definidos en los términos previstos en la sección 2.ª de este capítulo. Excepcionalmente tales medidas podrán tener por objeto la contratación temporal y siempre limitada a incentivar el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos, así como la contratación temporal directamente vinculada a la conciliación de la vida familiar y laboral. La garantía del principio de igualdad y no discriminación en la regulación y aplicación de las medidas de fomento del empleo y la contratación. El impulso de la mejora de la calidad del empleo del conjunto de las personas trabajadoras. El fomento de la contratación de personas...
NOVEDADES EN MATERIA LABORAL 2023

NOVEDADES EN MATERIA LABORAL 2023

Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional Bases de cotización  Se fija el tope máximo de la base de cotización en 4.495,50 euros mensuales, lo que supone un incremento del 7,92% con respecto al año 2022. El tope mínimo queda pendiente de la aprobación del SMI ya que su cuantía es equivalente al SMI vigente en cada momento, incrementado en un sexto. Tipos de cotización En cuanto a los tipos de cotización del Régimen General de la Seguridad Social, no existen modificaciones respecto a los aplicables en 2022. Para las contingencias comunes el 28,30 por ciento, siendo el 23,60 por ciento a cargo de la empresa y el 4,70 por ciento a cargo del trabajador. El porcentaje de contingencias comunes será de 4,80 debido al nuevo MEI. Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán los porcentajes de la tarifa de primas incluida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, siendo las primas resultantes a cargo exclusivo de la empresa. Cotización de Horas Extraordinarias Los tipos de cotización en el Régimen General y por horas extraordinarias se mantienen para el 2023: Cuando se trate de las horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor, el 14,00 %, (12,00% a cargo empresa y 2,00 % a cargo trabajador). Cuando se trate de las horas extraordinarias no comprendidas en el párrafo anterior, el 28,30 % (23,60 % a cargo empresa y 4,70% a cargo trabajador) Nuevo mecanismo de equidad...