CIRCULAR COVID19: AYUDAS A TRABAJADORES

CIRCULAR COVID19: AYUDAS A TRABAJADORES

AYUDAS económicas a los TRABAJADORES/AS AFECTADOS POR UN ERTE, y trabajadores/as que hayan REDUCIDO LA JORNADA LABORAL POR CONCILIACIÓN FAMILIAR con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria Covid-19. 

➢ Ayudas urgentes a las personas trabajadoras por cuenta ajena con rentas bajas que presten sus servicios en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana y que se encuentren afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), con la suspensión total de su contrato de trabajo que se haya solicitado con posterioridad a la declaración del estado de alarma. 

• Esta ayuda se concederá de FORMA DIRECTA, la tramitación y gestión de esta ayuda se atribuye a la Agencia Tributaria Valenciana. 

Importe de las ayuda; La cuantía de la ayuda individualizada ascenderá a 150,00 euros por persona beneficiaria. 

• La concesión de las ayudas se priorizará en función de la base de cotización de las personas beneficiarias hasta que se agote el importe global, tendrán prioridad las personas beneficiarias cuyas bases de cotización sean inferiores. En el caso de que, al agotarse el importe global existiesen varias beneficiarias con la misma base de cotización, tendrán prioridad las de mayor edad. 

➢ Ayudas urgentes para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que hayan ejercido el derecho de reducción total o del 50 % o más de su jornada laboral para la atención a personas menores, mayores o dependientes a su cargo, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. 

• Esta ayuda se concederá de FORMA DIRECTA, la tramitación y gestión de esta ayuda se encarga a LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación. 

Importe de las ayudas; La cuantía de la ayuda individualizada para las personas trabajadoras que se hayan visto obligadas a reducir su jornada como consecuencia del RDL 8/2020, ascenderá a 600,00 euros si la reducción de jornada es de entre el 81% y el 100%; de 450,00 euros si la reducción es de entre el 61% y el 80%, y de 300,00 euros si la reducción es de entre el 50% y el 60% de la jornada. 

Como siempre quedamos a su entera disposición, para cualquier duda, o ampliación de información al respecto. 

Aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo, mucha SALUD y recuerda #quédateencasa #actitudpositiva

Gómez de la Flor Abogados & Consultores 

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