COMUNICADO DE LA GENERALITAT VALENCIANA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA ANTE LA CELEBRACIÓN DE LA NOCHEVIEJA

COMUNICADO DE LA GENERALITAT VALENCIANA A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA ANTE LA CELEBRACIÓN DE LA NOCHEVIEJA

Con fecha 30 de diciembre de 2020 la Generalitat Valenciana ha anunciado que los ayuntamientos informen a los responsables de los locales de ocio y establecimientos de restauración de la obligación del cumplimiento de las medidas acordadas por la autoridad sanitaria para el ejercicio de su actividad.

¿Qué condiciones para poder desarrollar la actividad en los locales de ocio y restauración se deben adoptar?

La Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública informó en las diferentes resoluciones las siguientes condiciones:

  • Mesas con un máximo de 6 personas.
  • Aforo máximo del 30% en el interior de locales de ocio y establecimientos de restauración y del 50% en terrazas exteriores.
  • Distancia entre las mesas de 2 metros en el interior de los establecimientos y de 1,5 metros en terrazas exteriores.
  • El consumo siempre será sentado en mesa.
  • Prohibido el consumo en barra.
  • El uso de mascarilla es obligatorio cuando no se consuma.
  • El horario de cierre de los establecimientos el día 31 de diciembre será a las 24 horas. El resto de los días, a las 23 horas.
  • Está prohibido fumar en las mesas y terrazas de los locales cuando no se pueda respetar la distancia de, al menos, 2 metros.
  • Quedan prohibidas las actuaciones musicales en directo, según se recoge en el artículo 9.3 de la Resolución de 5 de diciembre de 2020 de la Conselleria de Sanitat, que establece: “Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería”.
  • Mediante resolución de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública de 30 de diciembre quedan también prohibidas expresamente “las actuaciones de disc-jokeys, pinchadiscos, locutores y/o similares”.

Los ayuntamientos, a través de las policías locales, deben apercibir a los propietarios y responsables de los establecimientos de ocio, hostelería y restauración que el incumplimiento de las medidas acordadas por la autoridad sanitaria dará lugar a una respuesta administrativa contundente de la Administración competente. La Administración podrá adoptar como medida cautelar el cierre del local.

No obstante, las fiestas de Nochevieja, tal y como están tradicionalmente concebidas, están prohibidas. Se celebren a la hora que se celebren.

Como siempre quedamos a su entera disposición, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo, mucha SALUD y recuerda #actitudpositiva.

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *