El 20 de diciembre, el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó el borrador del anteproyecto de ley para la reforma del Estatuto de los Trabajadores y la LISOS, que aborda cuestiones clave como la reducción de la jornada semanal máxima, la desconexión digital y el registro horario.
- REDUCCIÓN DE JORNADA
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Los convenios con jornadas superiores a 37,5 horas semanales tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse.
2. REGISTRO DE JORNADA
El registro horario debe ser necesariamente digital, registrar interrupciones y modificaciones, y garantizar la trazabilidad de los datos.
Se deberá de entregar mensualmente a los trabajadores a tiempo parcial junto con el recibo de salarios, copia del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias.
La ITSS, trabajadores y representantes de los trabajadores tendrán acceso al registro horario.
3. DESCONEXIÓN DIGITAL
El anteproyecto detalla el derecho a la desconexión digital, que prohíbe a la empresa contactar al trabajador fuera del horario laboral. Cualquier excepción deberá justificarse por circunstancias graves y urgentes, según lo establecido en la negociación colectiva. Además, se garantiza que los trabajadores no sufrirán represalias por ejercer este derecho.
4. CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL Y REDUCCIONES DE JORNADA
Las personas con contrato a tiempo parcial y que vinieran realizando una jornada igual o superior a las 37,5 horas semanales en cómputo anual, se convertirán automáticamente en contratos de trabajo a tiempo completo.
En caso de ser inferior a dicha jornada, tendrán derecho al incremento proporcional de su salario.
Las personas con reducción de jornada según lo previsto en los arts. 37 y 47 del ET, tendrán derecho a continuar con el mismo número de horas de trabajo con derecho al incremento proporcional de su salario.
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