L’Institut Valencià de Finances ha desarrollado una línea de prestamos para las empresas.
1. IVF LINEA DE FINANCIACIÓN GENERAL
- ¿Quiénes son los beneficiarios?
Sociedades mercantiles que tengan, al menos, un establecimiento, sucursal de producción o sucursal de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
Los beneficiarios no podrán estar afectados, en general, por cualquiera de las situaciones siguientes:
- Incidencias en registros de impagados
- Fondos propios negativos en la fecha de la solicitud
- Pérdidas continuadas en los últimos dos ejercicios
- ¿Cuál es la finalidad de los proyectos?
Finalidad de los proyectos:
- Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos.
- Sostenimiento del capital circulante de la empresa.
- Anticipo de importes vinculados a la prestación de servicios a la Generalitat Valenciana en virtud de contratos o conciertos.
- ¿Qué sectores se incluyen?
Se incluyen todos los sectores, excepto el tabaco y bebidas alcohólicas destiladas, sector inmobiliario, etc.
- ¿Qué gastos son subvencionables?
Se considerará gasto elegible en capital circulante la financiación solicitada para mejorar el fondo de maniobra de la empresa. No obstante, no se considerarán gastos elegibles, a los efectos de esta convocatoria, el aumento de créditos no comerciales a corto plazo y las inversiones financieras temporales.
También se considerará inversión en capital circulante y, por lo tanto, gastos financiables elegibles, los importes pendientes de cobro por parte de la solicitante, vinculados a expedientes de resarcimiento y a la prestación de servicios a la Generalitat Valenciana en virtud de contratos y conciertos.
En los proyectos, serán gastos financiables los siguientes:
- Adquisición y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles, para el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos, siempre que, la compra y/o acondicionamiento de terrenos, no supere el 20 % del valor nominal del préstamo.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.
- ¿Cuáles son las características de los prestamos?
Importe igual o superior a 200.000 euros, con límites máximos en función del tipo de beneficiario y la naturaleza de la operación:
- 2.000.000 de euros en caso de una PYME.
- 5.000.000 de euros en caso de una gran empresa.
En caso de adquisición o elaboración propia de activos fijos de naturaleza inmaterial, el valor nominal del préstamo no podrá superar el 80 % del valor de la inversión.
En relación a los plazos:
- En las operaciones de sostenimiento del capital circulante, el plazo de vencimiento no podrá ser inferior a 2 años, ni superior a 4 años, con hasta 1 año de carencia de capital.
- En las operaciones de inversión el plazo podrá extenderse desde un mínimo de 4 hasta un máximo de 10 años, con posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta 2 años, incluido en ese plazo. El Consejo General del IVF podrá autorizar un plazo de amortización superior a 10 años para proyectos en los que quede debidamente acreditado un periodo de ejecución y retorno de la inversión que justifica un mayor plazo.
En relación al plazo de amortización:
- Inversiones: entre 4 y 10 años, con hasta 2 años de carencia.
- Capital circulante: entre 2 y 4 años, con hasta 1 año de carencia.
- Posibilidad de ampliación en casos estratégicos.
En relación al tipo de interés de la financiación:
- Se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a 1 año, con límite inferior 0 %, más el margen de riesgo de crédito, que se determinará atendiendo a la tabla siguiente:
Categoría crediticia | Severidad de la operación (LGD) | ||
LGD <=30% | 30%<LGD<60% | LGD>=60% | |
BBB | 0,75% | 1,00% | 6,50% |
BB | 1,00% | 2,20% | |
B | 2,20% | 4,00% |
- En operaciones financieras con aval de Afín SGR el margen sobre el EURIBOR a 1 año se situará en el 1,5 %.
- En operaciones para el anticipo de importes a cobrar derivados de servicios prestados a la Generalitat Valenciana, el margen sobre el EURIBOR a 1 año será el 2,20 %.
- En operaciones de plazo superior a 10 años se podrán añadir hasta 2 puntos porcentuales al tipo de interés resultante de aplicar la tabla.
- Comisiones: 0,5 % del valor del préstamo, con un mínimo de 5.000 euros. Dicha comisión no se aplicará en operaciones que cuenten con el aval de Afín SGR por el 100 % ni a las operaciones de circulante cuya finalidad sea el anticipo de derechos de crédito vinculados a la prestación de servicios a la Generalitat Valenciana.
- ¿Cuál es el plazo de procedimiento y plazo de solicitud?
Se realizará de forma electrónica a través de la web del IVF.
La línea de Financiación General IVF no precisa de dotación presupuestaria por parte de la Generalitat Valenciana y, en consecuencia, se mantendrá abierta de forma permanente hasta que se emita, en su caso, resolución expresa por la que se cierre.
2. PRÉSTAMOS PARTICIPATIVOS EN COINVERSIÓN IVF FEDER
- ¿Quiénes son los beneficiarios?
Microempresas y pymes con sede social o que dispongan de un establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana, en el que estén dados de alta como mínimo el 15 % de la plantilla. Antigüedad mínima de 4 meses y máxima de 5 años.
Para acceder a los préstamos participativos la empresa deberá tener comprometido al menos el 30 % de la ronda de inversión computable prevista.
Las demás condiciones que deben cumplir las empresas están recogidas en el artículo 4º de la convocatoria.
- ¿Cuáles son los sectores que se incluyen?
Se incluyen todos los sectores, excepto los expresamente excluidos en el artículo 9º de la convocatoria (tabaco y bebidas alcohólicas destiladas, producción agrícola y algunas actividades de su transformación, etc.)
- ¿Cuáles son las características de los prestamos?
Préstamos participativos para financiar el crecimiento de empresas de reciente creación, priorizando la innovación, a través de la coinversión junto a otros inversores privados.
- El valor nominal del préstamo se situará entre 50.000 y 300.000 euros por pyme financiada, sujeto al importe de la coinversión por parte de inversores privados.
- El plazo de amortización máximo de 7 años, con posibilidad de carencia para la amortización de capital de hasta 3 años.
El importe de la financiación del IVF se determinará en el momento de la concesión del préstamo y será, como mínimo, del 50 % del importe de las aportaciones de los inversores privados en la pyme elegible, pudiendo alcanzar hasta un máximo del 150 % (el cálculo del porcentaje de coinversión se detalla en el Anexo V de la convocatoria).
- ¿Cuáles son los costes financiables?
Serán elegibles proyectos empresariales innovadores de productos, servicios o procesos que supongan una mejora en comparación con su sector y que por sus características conlleven un nivel de riesgo superior, es decir, que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o de mercado.
Se considerarán costes financiables:
- Activos materiales (terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria, equipos).
- Activos inmateriales (patentes, licencias, conocimientos técnicos, derechos de propiedad intelectual).
- Capital de explotación derivado de planes de crecimiento que mejoren la posición competitiva de la empresa, su internacionalización, consolidación empresarial y creación de empleo.
- ¿Cuál es el tipo de interés?
Suma de:
- el tipo de interés EURIBOR para depósitos a un año, con un valor mínimo igual 0 %.
- el margen financiero del ejercicio, equivalente a la rentabilidad financiera registrada por el prestatario durante el ejercicio en que se liquidan los intereses.
Con un valor mínimo igual al 3% y un valor máximo igual al 9%.
Se aplicará una comisión del 10 % de la cuantía amortizada en caso de cancelación anticipada del préstamo.
- ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
Las empresas interesadas deberán acudir a alguno de los intermediarios financieros acreditados por el IVF, y éste será el encargado de identificar y analizar las oportunidades de inversión y de presentar ante el IVF la solicitud cumplimentada y firmada junto con la documentación requerida.
Presentación de solicitudes a partir del 15 de marzo de 2024 y hasta que se agoten los fondos disponibles.
3. PRÉSTAMO SUBORDINADO DEL PROGRAMA COMUNITAT VALENCIANA FEDER 2021-2027
- ¿Quiénes son los beneficiarios?
Podrán acceder a esta línea de financiación las PYMES con un establecimiento o sucursal de producción o desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
Se otorgarán préstamos subordinados para:
- Proyectos innovadores con mejoras significativas en especificaciones técnicas, materiales, diseño o facilidad de uso.
- Expansión, crecimiento o consolidación de la actividad empresarial, incluyendo la penetración en nuevos mercados o el lanzamiento de nuevas líneas de negocio.
- ¿Qué sectores se incluyen?
Se incluyen todos los sectores, excepto los productos del tabaco y bebidas alcohólicas destiladas, productos de la pesca y de la acuicultura y las dedicadas a su transformación y comercialización, así como la producción primaria de productos agrícolas y las dedicas a su transformación y comercialización (con limitaciones).
- ¿Cuáles son las características de los prestamos?
Importe: entre 300.000 y 1.000.000 euros, sin que pueda superar el 100 % del importe de los gastos financiables elegibles en la Comunitat Valenciana ni el importe facturado en el último ejercicio con las últimas cuentas cerradas.
El importe máximo de financiación deberá entenderse relativo al grupo de empresas al que pertenece, en su caso, la empresa solicitante de financiación, de modo que el riesgo vivo correspondiente a las operaciones de financiación que, al amparo de esta convocatoria, haya otorgado el IVF al grupo de empresas del solicitante, no podrá exceder en ningún caso el citado límite.
Plazo: máximo de 10 años.
Carencia para la amortización de capital: hasta 3 años.
Garantía: sin garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto empresarial. No obstante, en el caso de que la actividad de la pyme destinataria de la inversión esté ligada de forma significativa con otra empresa relacionada accionarialmente de forma directa o a través de accionistas comunes, o en el supuesto de que la constitución de la pyme sea resultado de una spin off o cesión de actividad de otra empresa con participación accionarial mayoritaria, se podrá solicitar el aval de estas segundas para garantizar el buen fin de la operación. Como norma general, no se tomarán como garantía fianzas personales.
Amortización: trimestrales, a partir de la finalización de la carencia.
- ¿Cuál es el tipo de interés?
Tipo de interés: EURIBOR a 12 meses, con un valor mínimo de 0,00 %, más un diferencial de 6,50 %. Sobre el diferencial de 6,5 % se aplicará una bonificación entre 2,0 y 6,0 puntos porcentuales de tipo de interés, en función del cumplimiento de alguno de los criterios básicos de priorización de operaciones del Programa Comunitat Valenciana FEDER 2021-2027 para los instrumentos financieros.
Comisión de apertura: hasta el 1 % del valor nominal del préstamo, en función de los costes derivados de la evaluación por parte del IVF del proyecto presentado
- ¿Cuáles son los requisitos?
Los beneficiarios deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Disponer de un establecimiento o sucursal de producción o desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
- Contar con al menos un trabajador en la Comunitat Valenciana.
- Estar al corriente de sus obligaciones con Seguridad Social y Hacienda.
- Acreditar con las últimas cuentas anuales cerradas una facturación de al menos 500.000 euros. Se entenderá por cuentas cerradas las aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil.
- No estar en situación de empresa en crisis.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Contar con todas las licencias y autorizaciones necesarias.
- Estar al corriente del cumplimiento de la Ley de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana, del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y de la Ley para la igualdad entre mujeres y hombres.
- No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- Cumplir con el principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH)» en el sentido establecido en al artículo 9.4, del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
- ¿Cuáles son los gastos financiables?
El gasto financiado con el instrumento financiero deberá desarrollarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
En tanto que inversiones en activos fijos, serán gastos elegibles los siguientes:
- Adquisición y construcción de naves industriales, locales e instalaciones para el desarrollo de la actividad principal de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos siempre que su valor de tasación no supere el 10 % del coste total estimado para el proyecto de inversión.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas. Se considerará gasto elegible en capital circulante todo incremento del fondo de maniobra de la empresa, definido como la diferencia entre el activo y el pasivo corriente del balance, que se haya producido en el ejercicio cerrado en el que se haya dispuesto de la financiación.
- ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
Las solicitudes podrán presentarse en la página web del IVF.
Se podrán presentar solicitudes hasta que se agoten los recursos disponibles según lo indicado en el artículo primero de esta convocatoria, o hasta la fecha que acuerde el Consejo Ejecutivo de FEDER en cumplimiento de la vigencia del Programa Comunitat Valenciana FEDER 2021-2027.
En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.
Gómez de la Flor Abogados & Consultores
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