El 20 de diciembre, el Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó el borrador del anteproyecto de ley para la reforma del Estatuto de los Trabajadores y la LISOS, que aborda cuestiones clave como la reducción de la jornada semanal máxima, la desconexión digital y el registro horario.

  1. REDUCCIÓN DE JORNADA

La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

Los convenios con jornadas superiores a 37,5 horas semanales tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse.

2. REGISTRO DE JORNADA

El registro horario debe ser necesariamente digital, registrar interrupciones y modificaciones, y garantizar la trazabilidad de los datos.

Se deberá de entregar mensualmente a los trabajadores a tiempo parcial junto con el recibo de salarios, copia del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias.

La ITSS, trabajadores y representantes de los trabajadores tendrán acceso al registro horario.

3. DESCONEXIÓN DIGITAL

El anteproyecto detalla el derecho a la desconexión digital, que prohíbe a la empresa contactar al trabajador fuera del horario laboral. Cualquier excepción deberá justificarse por circunstancias graves y urgentes, según lo establecido en la negociación colectiva. Además, se garantiza que los trabajadores no sufrirán represalias por ejercer este derecho.

4. CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL Y REDUCCIONES DE JORNADA

Las personas con contrato a tiempo parcial y que vinieran realizando una jornada igual o superior a las 37,5 horas semanales en cómputo anual, se convertirán automáticamente en contratos de trabajo a tiempo completo.

En caso de ser inferior a dicha jornada, tendrán derecho al incremento proporcional de su salario.

Las personas con reducción de jornada según lo previsto en los arts. 37 y 47 del ET, tendrán derecho a continuar con el mismo número de horas de trabajo con derecho al incremento proporcional de su salario.