PROGRAMA DE BECAS IVACE E+E 2021

PROGRAMA DE BECAS IVACE E+E 2021

Con fecha 17 de marzo de 2021 se ha publicado en el DOGV, la Resolución de 11 de marzo de 2021, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan las Becas IVACE E+E, Exportación y Empleo 2021, para la especialización profesional en comercio exterior, dirigidas a técnicos y técnicas de ciclos formativos de grado superior o medio, y se convoca a las entidades de destino colaboradoras en el desarrollo de las mismas, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Programa Operativo del Fondo Social Europeo  PINCHA AQUÍ ¿Cuál es el objeto de la resolución? Dotar a las empresas y entidades de la Comunitat Valenciana de personal cualificado y especializado en comercio exterior mediante la formación y especialización profesional de determinados técnicos de ciclos formativos de grado superior y medio, así como mediante la realización de prácticas sobre distintos aspectos relacionados con la operativa de comercio exterior; asimismo se convoca a las entidades de destino colaboradoras en el desarrollo de las becas. ¿Quiénes son las empresas beneficiarias? Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, asociaciones o federaciones sectoriales de la Comunitat Valenciana que se encuentren en cualquier fase del proceso de exportación y/o internacionalización de sus productos o servicios. La beca irá dirigida a jóvenes que han acabado la formación profesional de las familias de Administración y Gestión, así como de Comercio y Marketing. Las empresas contarán con: Becario/a durante un máximo 9 meses que prestará apoyo en las acciones relacionadas con el Plan de Internacionalización.Remuneración económica del becario/a cargo del IVACE.Selección de candidatos/as conforme al perfil determinado por la empresa,...
WEBINAR 27/04/2021. PLANES DE IGUALDAD

WEBINAR 27/04/2021. PLANES DE IGUALDAD

Ya puedes inscribirte en la nueva Webinar para ponerte al día sobre los Planes de Igualdad. 📅27 de abril 2021 ⌚️13:00 horas 💻on-line y gratuita 📝gomezdelaflor@gomezdelaflor.com PROGRAMA: Explicación del Plan de Igualdad.¿Qué diferencias existe entre el Registro Salarial y la Auditoria Retributiva?¿Qué empresas deben implantar el Plan de Igualdad?¿Cuáles son los plazos para la elaboración del Plan de Igualdad?¿Cómo se computan a los trabajadores?Fases del Plan de Igualdad¿Cómo se configura la comisión negociadora?¿La representación legal de los trabajadores es obligatoria?¿Es obligatorio registrar el Plan de Igualdad? ¿Dónde se registra?¿Cuáles son las consecuencias en caso de...
FESTIVO RECUPERABLE Y RETRIBUIDO-24 DE JUNIO 2021

FESTIVO RECUPERABLE Y RETRIBUIDO-24 DE JUNIO 2021

El calendario laboral para la Comunidad Valenciana calificó el día 24 de junio 2021 como festivo con carácter retribuido y recuperable. ¿Qué quiere decir que el día 24 de junio sea festivo recuperable? Las personas trabajadoras tienen derecho a no acudir ese día al trabajo, pero las horas que estuviese previsto trabajar ese día deben trabajarse en otro momento y, por tanto, sigue siendo obligatorio hacer la jornada anual prevista en el convenio colectivo, sin que existencia de un festivo adicional disminuya esa jornada. Si en el convenio colectivo aplicable no fija jornada anual, sino semanal o diaria, hay que calcular las horas que estuviese previsto trabajar ese día festivo recuperable de no haberlo sido y serán esas las que deban trabajarse en otro momento. Si ese día coincide con un día de descanso o inactividad de la persona trabajadora por cualquier motivo, no parece obligado, salvo pacto en contrario, darle un día festivo adicional, pero lógicamente, tampoco deberá recuperar nada. ¿Cuándo se debe recuperar el día 24 de junio? Si el trabajador respeta la festividad se plantea el problema de cuando se puede recuperar las horas dejadas de trabajar ya que en la norma no indica nada al respecto. En el caso que en el convenio aplicable estableciera reglas para estos casos, se tendría que respetar lo dicho en la norma. En caso contrario, el momento de la recuperación de las horas ha de ser objeto de pacto entre la empresa y los representantes de los trabajadores o, si estos no existiesen, directamente con las personas trabajadoras. En ese caso de existir acuerdo se estará a lo pactado....
INFORMACIÓN PARA CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR ERTE EN 2020 DE CARA A LA CAMPAÑA DE RENTA 2020

INFORMACIÓN PARA CONTRIBUYENTES AFECTADOS POR ERTE EN 2020 DE CARA A LA CAMPAÑA DE RENTA 2020

Desde hoy la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de obtener anticipadamente el número de referencia así como otros servicios para la presentación de la renta iniciándose la campaña el 7 de abril y que se extenderá hasta el 30 de junio Al objeto de facilitar la posterior presentación de la declaración, la Agencia Tributaria ofrece una serie de recomendaciones e información explicativa para un colectivo específico, como es el de los cerca de 3.500.000 contribuyentes que el pasado año fueron perceptores de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber estado inmersos en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE). DOCUMENTO INFORMATIVO...
CAMBIO DE BASES DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

CAMBIO DE BASES DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Tal y como se indicó en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia, conocido como autónomos, se modifican las bases máximas y mínimas de cotización. Con carácter general, la base máxima de cotización es de 4.070,10 euros mensuales. La base mínima de cotización es de 944,40 euros mensuales. Cambio de cotización según la edad Los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar su base de cotización hasta 4 veces al año en función de la edad. Esto significa que los autónomos tienen hasta cuatro oportunidades anuales de subir o bajar la cuota que pagan a la Seguridad Social para, así, adaptarla a su realidad económica. No obstante, estas modificaciones están sujetas a determinados periodos y, en función del momento en que el trabajador por cuenta propia solicite el cambio, surtirá efecto en una u otra fecha. La base de cotización de los trabajadores autónomos que, el día 1 de enero de 2021 tuvieran una edad inferior a 47 años, será la elegida por ellos dentro de las bases máxima y mínima fijadas. Es decir, antes de los 47 años existe total libertad para cambiar la base.Si se tiene más de esas edades en el 2021, se podrá modificar con total libertad siempre que su base de cotización en el mes de diciembre de 2020 haya sido igual o superior a 2.052,00 euros mensuales, o que causen alta en este régimen especial con posterioridad a la citada fecha. En otro caso su base máxima de cotización será de...