GUÍA SOBRE EL REGISTRO DE JORNADA PUBLICADA POR EL MINISTERIO DE TRABAJO

GUÍA SOBRE EL REGISTRO DE JORNADA PUBLICADA POR EL MINISTERIO DE TRABAJO

Con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma en relación con este deber empresarial, se adjunta a continuación la Guía sobre el registro de jornada que publicó ayer el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social GUIA SOBRE EL REGISTRO DE JORNADA:Desde la publicación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, se han recibido en la Dirección General de Trabajo diversas consultas en materia de registro de jornada. Por ello, se elabora este documento con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, en el que se recogen criterios, a mero título informativo, en relación con este deber formal empresarial, sin perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social. A. Preguntas relativas al ámbito de aplicación del registro horario regulado en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET) ¿A qué tipo de trabajadores, sectores profesionales y empresas se aplica el registro horario previsto en el artículo 34.9 ET? El registro horario se aplica a la totalidad de trabajadores, al margen de su categoría o grupo profesional, a todos los sectores de actividad y a todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño u organización del trabajo, siempre y cuando estén incluidas en el ámbito de aplicación que define el artículo 1 ET. Así, las empresas quedan obligadas al registro diario de jornada también respecto de trabajadores “móviles”, comerciales, temporales, trabajadores a distancia o cualesquiera otras situaciones en las que la prestación laboral no se desenvuelve,...
GÓMEZ DE LA FLOR DESARROLLA UNA APP QUE REGISTRA LA JORNADA LABORAL – NOTICIA ECONOMÍA 3

GÓMEZ DE LA FLOR DESARROLLA UNA APP QUE REGISTRA LA JORNADA LABORAL – NOTICIA ECONOMÍA 3

La revista Economía 3 publica, en su número de abril de 2019, la siguiente noticia en la que se hace eco del desarrollo de una app, a manos de Gómez de la Flor, que registra la jornada laboral. La entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, obliga a las empresas a registrar la jornada diaria de sus trabajadores, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona, sin perjuicio de la flexibilidad horaria. Por ello Gómez de la Flor pone a disposición una app eficaz, sencilla de utilizar, para permitir a las empresas cumplir con la nueva normativa laboral. A continuación podéis leer la noticia de Economía...
REGULACIÓN SOBRE EL PERMISO DE TRABAJADORAS/ES, A FIN DE  PODER EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES DEL DÍA 28 DE ABRIL

REGULACIÓN SOBRE EL PERMISO DE TRABAJADORAS/ES, A FIN DE PODER EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES DEL DÍA 28 DE ABRIL

Convocadas elecciones al Congreso de los Diputados, al Senado y a Les Corts, que se celebrarán el próximo 28 de abril de 2019, procede adoptar en el ámbito de la Comunitat Valenciana las medidas correspondientes respecto del horario laboral de los trabajadores que no disfruten en dicho día del descanso semanal. (Regulación publicada en la orden 4/2019, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores productivos, Comercio y trabajo). El domingo 28 de abril de 2019 las empresas en las que presten sus servicios trabajadoras y trabajadores que tengan la condición de electores, y que no disfruten en tal día del descanso semanal previsto en el artículo 37 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, concederán a los mismos permiso, a fin de que puedan participar en las elecciones convocadas. Dicho permiso será retribuido por la empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 37.3.d del mismo Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre. 1. La concesión del permiso a que se refiere el apartado anterior se ajustará a las siguientes normas: a) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de la apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas: – En estos supuestos no tendrán derecho a permiso retribuido. b) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: – Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas. c) Trabajadoras y trabajadores...
¿CÓMO ME AFECTA LA NUEVA LEY DE SECRETOS EMPRESARIALES?

¿CÓMO ME AFECTA LA NUEVA LEY DE SECRETOS EMPRESARIALES?

El pasado mes de marzo entró en vigor de la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. Una Ley que incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas. Entre las principales novedades, la Ley define el secreto empresarial como cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones: Ser secreta. Considerando como tal la que no es generalmente conocida por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utiliza, ni fácilmente accesible para ellas. Tener un valor empresarial, y Haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerla en secreto. La Ley protege a cualquier persona física o jurídica que sea titular del secreto y que legítimamente ejerza su control y, para ello, tras acotar aquellos supuestos en que la información constitutiva del secreto empresarial se considera lícita, pasa a describir aquellos otros supuestos considerados ilícitos, señalando como tales: La obtención de secretos empresariales sin consentimiento de su titular consistentes en el acceso, apropiación o copia no autorizada de documentos, objetos, materiales, sustancias, ficheros electrónicos u otros soportes, que contengan el secreto empresarial o a partir de los cuales se pueda deducir, y Cualquier otra actuación que, en las circunstancias del caso, se consideran contrarias a las prácticas comerciales leales. De la misma manera, considera como ilícita la utilización o revelación de un secreto empresarial realizada sin...