En el día de hoy, se ha publicado el DOGV el Decreto 172/2024, de 26 de novembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
- ¿Cuál es el objeto de dicha ayuda?
El objeto es establecer el procedimiento para la concesión directa de ayudas dirigidas al mantenimiento del empleo y a la reactivación económica de aquellas empresas que se hayan visto afectadas por la DANA iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024.
- ¿A quién va dirigido?
Serán beneficiarias de estas ayudas las empresas que tenían actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica.
También pueden ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles y comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia que reúna los requisitos exigidos al resto de beneficiarias, no pudiendo solicitar ayuda, al mismo tiempo, los socios, comuneros o integrantes de estas agrupaciones.
- ¿Qué empresas pueden verse beneficiadas de estas ayudas? ¿Los autónomos pueden cobrar esta ayuda?
Se consideran empresas a las personas jurídicas que se dediquen a una actividad económica, con independencia del número de personas trabajadoras contratadas.
Las personas físicas incluidas en el RETA pueden beneficiarse siempre y cuando tuvieran contratada, a 28/10/2024, al menos, a una persona trabajadora por cuenta ajena.
- ¿Cuál es el requisito para poder optar a la ayuda?
Es obligatorio que los beneficiarios sigan de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores el 30 de junio de 2025, y mantengan su actividad económica en la Comunitat Valenciana.
- ¿Cuál es el importe de la ayuda?
El importe mínimo de la ayuda será de 5.000 € por empresa.
Este importe se incrementará en 1.000 € adicionales por cada persona trabajadora que la empresa tenga contratada por cuenta ajena el 28 de octubre de 2024, con los siguientes importes máximos:
- 30.000 € por empresa del Grupo de actividades C “Industria Manufacturera” (códigos CNAE del 10 a 33).
- 15.000 € por empresa comercial, turística, de servicios y otros tipos de actividad (resto de códigos CNAE).
- ¿Dónde se solicitan?
Estas ayudas se solicitan en la página web de GVA. Para solicitarla pincha aquí.
- ¿Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda?
Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas que reciban las empresas afectadas, así como con las indemnizaciones procedentes de otras entidades públicas o privadas, hasta el límite del valor del daño producido.
- ¿Cuál es el plazo para solicitarlas?
Las solicitudes se podrán presentar desde las 9:00 horas del 28 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024. Se presentará una única solicitud por empresa.
En el caso de que requieran asesoramiento al respecto Gómez de la Flor pone a su disposición todo el equipo multidisciplinar del que disponen, pueden enviar un correo a gomezdelaflor@gomezdelaflor.com y un asesor se pondrá en un breve plazo de tiempo en contacto con ustedes.
Gómez de la Flor Abogados & Consultores
Comentarios recientes