REGULACIÓN SOBRE EL PERMISO DE TRABAJADORAS/ES, A FIN DE  PODER EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES DEL DÍA 28 DE ABRIL

REGULACIÓN SOBRE EL PERMISO DE TRABAJADORAS/ES, A FIN DE PODER EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES DEL DÍA 28 DE ABRIL

Convocadas elecciones al Congreso de los Diputados, al Senado y a Les Corts, que se celebrarán el próximo 28 de abril de 2019, procede adoptar en el ámbito de la Comunitat Valenciana las medidas correspondientes respecto del horario laboral de los trabajadores que no disfruten en dicho día del descanso semanal. (Regulación publicada en la orden 4/2019, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores productivos, Comercio y trabajo). El domingo 28 de abril de 2019 las empresas en las que presten sus servicios trabajadoras y trabajadores que tengan la condición de electores, y que no disfruten en tal día del descanso semanal previsto en el artículo 37 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, concederán a los mismos permiso, a fin de que puedan participar en las elecciones convocadas. Dicho permiso será retribuido por la empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 37.3.d del mismo Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre. 1. La concesión del permiso a que se refiere el apartado anterior se ajustará a las siguientes normas: a) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de la apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas: – En estos supuestos no tendrán derecho a permiso retribuido. b) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: – Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas. c) Trabajadoras y trabajadores...
¿CÓMO ME AFECTA LA NUEVA LEY DE SECRETOS EMPRESARIALES?

¿CÓMO ME AFECTA LA NUEVA LEY DE SECRETOS EMPRESARIALES?

El pasado mes de marzo entró en vigor de la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. Una Ley que incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas. Entre las principales novedades, la Ley define el secreto empresarial como cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones: Ser secreta. Considerando como tal la que no es generalmente conocida por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utiliza, ni fácilmente accesible para ellas. Tener un valor empresarial, y Haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerla en secreto. La Ley protege a cualquier persona física o jurídica que sea titular del secreto y que legítimamente ejerza su control y, para ello, tras acotar aquellos supuestos en que la información constitutiva del secreto empresarial se considera lícita, pasa a describir aquellos otros supuestos considerados ilícitos, señalando como tales: La obtención de secretos empresariales sin consentimiento de su titular consistentes en el acceso, apropiación o copia no autorizada de documentos, objetos, materiales, sustancias, ficheros electrónicos u otros soportes, que contengan el secreto empresarial o a partir de los cuales se pueda deducir, y Cualquier otra actuación que, en las circunstancias del caso, se consideran contrarias a las prácticas comerciales leales. De la misma manera, considera como ilícita la utilización o revelación de un secreto empresarial realizada sin...
AYUDAS INCLUSIÓN RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Plazo solicitudes: del 21/03/2019 al 3/04/2019).

AYUDAS INCLUSIÓN RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Plazo solicitudes: del 21/03/2019 al 3/04/2019).

Estimado/a Cliente: Por Resolución de 13 de Marzo de 2019,de la directora general de Trabajo y Bienestar Laboral, se convocan ayudas destinadas a financiar los costes fijos de inclusión en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social dentro del Programa de fomento del trabajo Autónomo en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2019. Personas beneficiarias: Personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomo que hayan cotizado o estén en condiciones de cotizar al menos tres años y hasta un máximo de cinco años ininterrumpidamente, de acuerdo con los siguientes requisitos establecidos: a) Estar de alta en Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social. b) Cumplir dentro del año natural de la convocatoria un período de cotización mínimo de tres años y máximo de 5 años ininterrumpidos. c) Desarrollar su actividad económica a título lucrativo, de forma habitual, personal y directa en la Comunitat Valenciana. d) No contar con más de 9 personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena el día de publicación de la convocatoria. e) Tener cumplidos 19 años de edad. Se exigirá tener cumplida dicha edad en la fecha de publicación, en extracto, de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Obligaciones de las personas beneficiarias: a) Adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención en el plazo y forma a tal efecto establecidos, dando el destino previsto a la subvención concedida. De forma específica, deberán mantener su alta ininterrumpidamente en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos de la seguridad social durante la anualidad a la...
Mª EUGENIA GÓMEZ DE LA FLOR PARTICIPARÁ COMO PONENTE EN EL FORO SOBRE «IGUALDAD DE GÉNERO EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA CV» ORGANIZADO POR LA CEV

Mª EUGENIA GÓMEZ DE LA FLOR PARTICIPARÁ COMO PONENTE EN EL FORO SOBRE «IGUALDAD DE GÉNERO EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA CV» ORGANIZADO POR LA CEV

El próximo día 26 de marzo, tendrá lugar el Foro sobre «Igualdad de Género en la Negociación Colectiva en la Comunitat Valenciana. Diagnóstico y retos», que se celebrará en la sede de CEV, C/ Hernán Cortés, 4 (Valencia)., en el cual particípa M.Eugenia Gómez de la Flor como ponenente en mesa redonda.  Nos complace invitarle a este acto, al considerar que los temas tratados pueden ser de su interés., se adjunta invitación desde la cual podrá inscribirse al citado Foro....
GÓMEZ DE LA FLOR OFRECE UNA APP QUE PERMITE A LAS EMPRESAS REGISTRAR LA JORNADA LABORAL DE SUS TRABAJADORES

GÓMEZ DE LA FLOR OFRECE UNA APP QUE PERMITE A LAS EMPRESAS REGISTRAR LA JORNADA LABORAL DE SUS TRABAJADORES

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que modifica el art. 34 del Estatuto de los Trabajadores, y para ampliar la obligación del registro de jornada. Esta novedad, obliga a las empresas a registrar la jornada diaria de sus trabajadores, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que pueda disfrutar el trabajador. Por ello, desde GÓMEZ DE LA FLOR pone a su disposición una aplicación informática eficaz y de sencillo uso, que les permitirá cumplir con la nueva normativa laboral. Desde el pasado año, en nuestro despacho estamos inmersos en la investigación sobre estas herramientas, como pudieron comprobar nuestros clientes asistentes a los desayunos de trabajo durante los meses de septiembre y octubre, donde presentamos de forma anticipada las herramientas de introducción obligatoria a raíz de la entra en vigor del RD 8/2019. Las ventajas de las que disfrutará la empresa con la implementación de esta aplicaciónserán: – Control de acceso y horarios, incluyendo geolocalización. – Gestión documental entre Empresa y trabajadores, a través de la disposición de documentos como certificado de retención o nóminas del trabajador.  – Gestión documental entre Empresa y Despacho, facilitando así una comunicación ágil y global de toda la información. – Promoción de la Imagen Profesional de la Empresa, a través de la personalización del portal con la imagen así como logo profesional. – Acceso a la información desde cualquier parte, a través de la app disponible en su Smartphone, así como desde el ordenador de su...